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Análisis

El momento equivocado para reducir el poder judicial

La Corte Suprema le ha dado aún más vía libre a un presidente que no respeta la ley.

julio 1, 2025
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David Talukdar/Getty
  • A las pocas horas de asumir su cargo, el presidente firmó una orden ejecutiva que buscaba acabar con el derecho a la ciudadanía por nacimiento, la orden era y sigue siendo inconstitucional.
  • La Corte Suprema eligió este caso, entre todos los casos posibles, para quitarles a los tribunales un poder clave utilizado para impedir medidas ilegales. 

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La Decimocuarta Enmienda garantiza que todas las niñas y todos los niños nacidos en los Estados Unidos son ciudadanos. Tenía el objetivo de anular el notorio dictamen del caso Dred Scott, que determinaba que ciertas personas nacidas aquí —en concreto, personas negras libres y antes esclavizadas— no eran ciudadanas.

Como seguramente recordarán, a las pocas horas de asumir su cargo, el presidente Trump firmó una orden ejecutiva que buscaba acabar con el derecho a la ciudadanía por nacimiento. La orden era y sigue siendo inconstitucional.

La Corte Suprema eligió este caso, entre todos los casos posibles, para quitarles a los tribunales un poder clave utilizado para impedir medidas ilegales. 
 
En lugar de pronunciarse sobre los méritos del caso Trump v. CASA, la Corte Suprema eligió pronunciarse sobre la legitimidad de los interdictos universales, una de las herramientas más poderosas que usan los tribunales inferiores para impedir la ejecución de políticas claramente inconstitucionales como esta, mientras se resuelven los casos.

Estos interdictos otorgan un recurso no solo a la persona que presentó la demanda, sino también a todas las personas afectadas por el dictamen. En lugar de que cada madre o padre de un bebé por nacer, afectado por la orden, tenga que presentar una demanda judicial para que su bebé tenga la ciudadanía, una sola persona litigante tendría que obtener un interdicto universal parta garantizarles a todas las personas afectadas una reparación judicial contra una orden inconstitucional. 

Los seis magistrados de la supermayoría conservadora de la Corte decidieron que este tipo de dictámenes excede el poder de los tribunales federales cuando no es necesario emitirlos para darles a las partes demandantes toda la protección de la ley. Al permitir que la orden de Trump entre en vigencia parcialmente en 30 días si los tribunales inferiores no presentan ninguna otra acción judicial, la Corte ha resucitado efectivamente el caso Dred Scott, al menos para ciertas personas y al menos por ahora. 
 
En su opinión disidente, la magistrada Sonia Sotomayor advirtió: “Ningún derecho está a salvo en el nuevo régimen jurídico que crea la Corte. Hoy, la amenaza es contra la ciudadanía por nacimiento. Mañana, una administración diferente podría tratar de decomisar las armas de fuego de personas ciudadanas que cumplen con la ley o impedirles a personas de ciertas religiones reunirse a practicar su fe”. 
 
En el Brennan Center, seguimos analizando el dictamen. Es ambiguo en ciertos puntos clave. En algunos aspectos, es un regalo tan grande a favor del abuso del poder ejecutivo como lo fue el dictamen sobre la inmunidad presidencial del verano pasado. Por otro lado, siguen existiendo otras vías alternativas para obtener recursos a nivel nacional contra comportamientos ilegales.

Les comparto algunos pensamientos.

El primero y el más obvio: este es un ejemplo más de cómo la Corte Suprema está permitiendo un abuso del poder ejecutivo en un momento en el que el sistema de frenos y contrapesos está profundamente debilitado. 

Estos interdictos nacionales plantean cuestiones complejas. Ya he alertado sobre el daño que puede ocasionar un solo juez rencoroso con su dictamen. Muchos interdictos nacionales bloquearon iniciativas clave de la administración Biden, como el perdón a las deudas estudiantiles y proyectos sobre el cambio climático, y numerosas medidas de Trump durante su primer mandato.

Resulta extraño que la Corte Suprema nunca antes se haya pronunciado sobre esta práctica, a pesar de haber tenido muchas oportunidades de hacerlo durante la administración Biden. Uno podría haberse imaginado ahora una decisión que establezca límites estrictos. En cambio, con esta decisión, estos magistrados otra vez han ido mucho más lejos de lo que ameritaba el caso.

En segundo lugar, la Corte busca darle a la parte litigante otras formas generales de disputar medidas ilegales, pero esas formas pueden ser flojas, incluso furtivas. 

Por ejemplo, se pueden entablar demandas de acción de clase. Quizá. Yo fui abogado litigante de acción de clase antes de venir a trabajar al Brennan Center. Esas demandas son complicadas, costosas y lentas y deben superar las barreras impuestas por jueces muy conservadores (y por los empresarios cabilderos que les ayudaron a conseguir sus puestos).

Luego está la pregunta de a qué jueces les han quitado poder. El dictamen parece aplicarse únicamente a jueces de tribunales inferiores… pero ¿es así? Por ejemplo, si la administración fuera a desafiar a la Corte Suprema, ¿la Corte misma seguiría teniendo la facultad legítima de hacer cumplir sus propias órdenes para proteger a todas las partes afectadas? Después de todo, eso requeriría un interdicto universal.

El magistrado Brett Kavanaugh escribió una opinión concurrente, que tenía el objetivo de transmitir tranquilidad: claro que la Corte Suprema aún podría tomar medidas audaces cuando fueran necesarias. Hay quienes la interpretan como una opinión tranquilizadora. Otros señalan que es la opinión de un solo magistrado. Por algo aparece en una opinión concurrente. Quizá Kavanaugh no haya podido convencer a ninguno de sus colegas de la supermayoría. Aun cuando fuera verdad, como explicó Ruth Marcus en el New Yorker, eso significa que la Corte “se puso del lado de Donald Trump y en contra del poder judicial”.

Todo esto nos lleva al tercer punto: los tribunales, por sí solos, no nos salvarán. Al prohibir los interdictos universales, la Corte Suprema se basó en una interpretación originalista de la Ley del Poder Judicial (Judiciary Act) de 1789. (Sotomayor señaló que equivalía a “congelar en ámbar los exactos recursos disponibles”).

Dicho de otro modo, el Congreso redactó la ley que se está interpretando y podría redactar una ley nueva que aclare qué poderes tienen los jueces federales cuando se enfrentan a transgresiones ilegales de la rama ejecutiva.

Presidentes de los dos partidos han presionado para expandir su poder, aunque ninguno de un modo tan descarado como Trump. Y el Congreso ha caído en un letargo, sin cumplir con su deber constitucional una y otra vez.

Después de este período de demolición institucional, vendrá un momento de reformas y renovación. Cuando llegue, debemos asegurarnos de que los recursos permitan que todo presidente que no respeta la ley rinda cuentas, además de resolver temas como el financiamiento de campañas políticas y el derecho al voto.

Traducción de Ana Lis Salotti.