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Análisis

Interferencia del Congreso en la causa contra Trump

La interferencia en la causa de Alvin Bragg contra el expresidente es una tendencia preocupante.

Abril 14, 2023
Manhattan DA Alvin Bragg
John Minchillo/AP

El 30 de marzo, un gran jurado en Manhattan acusó formalmente al expresidente Donald Trump de 34 cargos de falsificación de registros comerciales. El martes siguiente, se anunció esta acusación formalmente cuando el expresidente compareció ante un tribunal estatal. Este es un acontecimiento extraordinario: es la primera vez en la historia de los Estados Unidos que se acusa formalmente a un expresidente o presidente actual ante cualquier tribunal.

La respuesta del Partido Republicano en el Congreso ya no se trata de ejercer la función de fiscalización. Más bien se ha convertido en interferencia política, lo cual amenaza con debilitar el estado de derecho de nuestro país. Incluso antes del anuncio de esta acusación, algunos líderes republicanos de varios comités del Congreso amenazaron con presentar una citación para obtener documentos de la investigación y retener fondos federales como represalia, si se formalizaba cualquier acusación. Dos días después de la presentación formal de los cargos contra Trump, el presidente del Comité Judicial de la Cámara de Representantes, Jim Jordan, citó a un exfiscal especial de la fiscalía del distrito de Manhattan que había trabajado en el caso (y escrito un libro al respecto), lo cual obligó al actual fiscal del distrito de Manhattan Alvin Bragg a presentar una demanda ante un tribunal federal para bloquear esa citación y cualquier otra. Llevar adelante acciones penales contra un expresidente es, sin lugar a duda, una tarea delicada. Pero cualquier alegación de abuso debería cursarse en primera instancia mediante las vías judiciales correspondientes ante un tribunal, y no con intervenciones partidistas del Congreso.

En doscartas —la primera, enviada dos días después de que Trump haya pedido a sus partidarios que protestaran contra su arresto supuestamente inminente en Manhattan—, Jordan y los presidentes de los Comité de Administración y Control de la Cámara de Representantes atacaron al fiscal Bragg y su investigación. Le exigieron que entregara varios documentos internos, todos aparentemente relacionados con posibles proyectos de ley sobre los poderes procesales de las autoridades federales y locales y el uso de fondos federales de seguridad pública por parte de la fiscalía y autoridades locales. Bragg no estuvo de acuerdo y objetó las solicitudes tanto en su demanda, como en dosrespuestas por escrito a los presidentes de los comités. Bragg argumentó, entre otras cosas, que entregar información no pública sobre una investigación penal local en curso amenazaría la confidencialidad de testigos y sería una invasión a la soberanía estatal “ilegítima y sin precedentes”. Está en lo correcto.

Sea cual fuera el resultado final de su causa contra Trump, Bragg tiene razón en que las exigencias de Jordan y los otros presidentes de los comités son inauditas y problemáticas. 

Sin dudas, el control que ejerce el Congreso puede ser una herramienta poderosa para la justicia. A lo largo de la historia de nuestro país, el Congreso ha realizado investigaciones clave sobre temas como la violencia a manos del Ku Klux Klan durante la Reconstrucción, prácticas bancarias riesgosas de Wall Street, la Guerra de Vietnam y el escándalo Watergate. Y toda práctica con miras a la aplicación de la ley está ciertamente permitida, desde la investigación del Comité de Church, que reveló abusos desenfrenados en la CIA y el FBI, hasta escándalos más recientes, como el despido por motivos políticos de varios fiscales federales durante la administración de George W. Bush. Pero las actuales exigencias de entregar documentos internos relacionados con una causa local específica en curso no se parecen en nada a estos otros ejemplos. 

El poder de control del Congreso es amplio, pero tiene límites. La Corte Suprema ha afirmado que, para que se haga cumplir una citación emanada del Congreso, la investigación correspondiente debe tener un objetivo legislativo válido a nivel federal, claramente identificado. La Corte ha señalado que “las investigaciones realizadas con el único motivo de engrandecimiento personal de sus investigadores o para ‘castigar’ a las personas investigadas son indefendibles”. Y una citación no debería estar diseñada para usurpar la función de la aplicación de la ley porque “esas facultades están reservadas según nuestra Constitución para el poder ejecutivo y el judicial”.

Todas estas consideraciones presentan un firme contrapeso contra cualquier intento del Congreso de exigir la entrega de documentos internos relacionados con un caso judicial específico en curso. La única excepción clara es en un juicio político de destitución. De hecho, los comités del Congreso han solicitado con éxito documentos relativos a un gran jurado federal en juicios políticos de destitución porque, como lo señaló hace poco el Tribunal Federal de Apelaciones en DC, el Congreso desempeña básicamente una función “judicial” en estas situaciones.

Es muy problemático que el Congreso interponga una citación para obtener documentos investigativos de parte de instituciones judiciales estatales y locales y no federales, tal como se detalla en la demanda de Bragg. En nuestro sistema federal, el Congreso no ejerce un control general sobre las instituciones estatales del mismo modo que lo hace sobre las federales. Si bien los comités del Congreso han solicitado información de instituciones estatales, por lo general no se han atrevido a interponer una citación o han presentado citaciones que ni siquiera han intentadohacer cumplir. Y si bien muchas instituciones estatales y locales, como la fiscalía de Manhattan, reciben algunos fondos federales, ningún tribunal ha sostenido que el solo hecho de recibir estos fondos le da al Congreso el derecho de obligar a la justicia estatal a entregar documentos investigativos confidenciales no relacionados con estos fondos. De hecho, en la medida que el Congreso intente restringirles el recibo de fondos a las autoridades estatales que presentan o desestiman causas penales específicas no relacionadas con el uso de esos fondos, es muy probable que eso se considere una coerción indebida. 

Nada de esto implica que el abuso procesal no sea un problema serio ni que se quiera negar que el Congreso debe desempeñar una función importante a la hora de diseñar políticas exhaustivas para resolver este abuso a nivel federal y estatal. Sin embargo, en cada caso judicial, el principal mecanismo de control sobre la mala conducta procesal son los tribunales, incluso los federales, que tienen el poder de salvaguardar los derechos constitucionales federales en las causas penales estatales.

Esta división de poderes es lógica y refleja la eterna preocupación sobre el peligro de que un líder político quiera interferir en casos judiciales específicos, por el riesgo de socavar la noción fundamental de que la ley se aplica a todos por igual. Hace varios años, el Brennan Center convocó a un grupo de trabajo nacional y bipartidario sobre el estado de derecho y la democracia, que analizó casos en los que la Casa Blanca interfirió en las investigaciones del Departamento de Justicia durante la presidencia de Trump y las de sus predecesores de los dos partidos políticos. El grupo llegó a la conclusión de que esas intromisiones fueron indebidas, porque “ponen en tela de juicio la premisa fundamental de toda democracia saludable: la ley no se debe usar para favorecer ni castigar a nadie por motivos políticos”. La misma lógica se aplica a cada líder del Congreso.

Desafortunadamente, los intentos del Congreso por interferir en la causa contra Trump de la fiscalía de Manhattan son parte de una tendencia preocupante que amenaza con intensificarse. Además de los presidentes de los comités que interfirieron en esta causa de la ciudad de Nueva York, otros líderes de la Cámara de Representantes también han dado indicios de que quizá intenten obstaculizar la investigación del abogado especial del Departamento de Justicia (DOJ) sobre el intento de interferir con el traspaso legítimo de poder después de las elecciones presidenciales de 2020 y sobre la retención de documentos confidenciales en la mansión de Mar-a-Lago. Y a medida que avanza otra investigación penal estatal contra Trump en Atlanta, hay legisladores estatales en Georgia que han presentado una medida que les permite a funcionarios estatales disciplinar o remover a fiscales locales electos.

Claro que el Congreso tiene el derecho a expresar su descontento con las autoridades de todos los niveles del gobierno y solicitarles que se presenten ante los comités correspondientes. Obviamente, los comités del Congreso también pueden investigar y penalizar los abusos sistémicos y las amenazas a los derechos civiles. Pero cualquier intento de obligarle a un fiscal local a que les entregue información no pública sobre un caso específico si no quiere que interfieran en su investigación ya sobrepasa los límites y se convierte en una interferencia política que amenaza el estado de derecho.

Traducción de Ana Lis Salotti.