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Prison cell doors
Sam Scholes/Getty
Resumen de expertos

¿Qué sucederá ahora que la Corte Suprema limitó la liberación compasiva de las personas con sentencias excesivas?

El Congreso debe restaurar la autoridad de los jueces federales para reducir las penas de prisión injustamente largas.

junio 17, 2026
Prison cell doors
Sam Scholes/Getty
junio 17, 2026

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  • La liberación compasiva fue una política creada en la década de 1980 mientras se modificaban las leyes de las sentencias federales.
  • El texto de la ley es simple: autoriza a los tribunales a reducir una sentencia a prisión legítima si hay “razones extraordinarias y concluyentes que justifiquen esa reducción”.

El mes pasado, la Corte Suprema decidió un importante caso que hará más difícil recibir una liberación compasiva a nivel federal, una política que les permite a los tribunales federales reducir ciertas penas a prisión si hay “razones extraordinarias y concluyentes” que así lo requieran.

Mientras decidía las apelaciones de dos hombres encarcelados en las prisiones federales, la Corte dictaminó con un voto de 6 a 3 que los jueces, cuando están evaluando si van a conceder una liberación compasiva, no pueden considerar las desigualdades extremas en las sentencias ni el impacto de las leyes anticuadas. Con este dictamen, la Corte invalidó lo recomendado por la Comisión Federal de Sentencias, una agencia independiente y bipartidaria que hubiera permitido este recurso.

El resultado es un golpe contra quienes desean reformas para restaurar el sentido de justicia en las sentencias federales e ignora la evidencia que demuestra cómo se han utilizado estas políticas en la práctica.

Sin embargo, la decisión de la Corte no tiene por qué ser la última palabra. El Congreso puede modificar la ley de liberación compasiva y aclarar que los jueces sí pueden considerar desigualdades en las sentencias cuando evalúan una moción de liberación compasiva.

Historia de la liberación compasiva a nivel federal

La liberación compasiva fue una política creada en la década de 1980 mientras se modificaban las leyes de las sentencias federales. El texto de la ley es simple: autoriza a los tribunales a reducir una sentencia a prisión legítima si hay “razones extraordinarias y concluyentes que justifiquen esa reducción”. El Congreso dejó a criterio de la Comisión de Sentencias la tarea de definir cuáles podían ser esas razones, con una restricción: no basta con la sola rehabilitación de la persona.

Durante los primeros 30 años de existencia de esta ley, solamente los directores penitenciarios podían presentar una moción de liberación compasiva en nombre de una persona bajo custodia federal. Y lo hicieron muy poco: se concedían unas 24 liberaciones por año. La mayoría se basaba en circunstancias de familia o salud, tales como enfermedades terminales.

Todo eso cambió con la Ley del Primer Paso (First Step Act) de 2018, aprobada con el apoyo de los dos partidos, que permitió a las personas encarceladas presentar sus propias mociones de liberación compasiva.

Al cabo de menos de dos años, se desencadenó la pandemia de COVID-19, y la ley de liberación compasiva, ahora enmendada, se convirtió en una herramienta esencial que permitía a los jueces autorizar la liberación de las personas con necesidades de salud complejas de los entornos de alto riesgo de las prisiones federales. Pero se seguían otorgando muy pocas mociones: menos del 17 por ciento de las mociones fueron concedidas entre 2020 y 2022.

Al mismo tiempo, surgió otro interrogante legal. El Congreso había aprobado varias leyes de reforma de las sentencias desde la década de 1980 que redujeron las penas de prisión extremas o crearon serias desigualdades raciales. Pero la mayoría de estos cambios no se aplicó a las personas ya sentenciadas a prisión.

Como estos cambios no fueron retroactivos, las personas ya encarceladas podían seguir cumpliendo largas décadas de sentencias a prisión, aun cuando habrían podido recibir una pena mucho más corta si hubieran sido sentenciadas en la actualidad. ¿Podrían esas desigualdades ser consideradas “razones extraordinarias y convincentes” y justificar la reducción de la sentencia conforme a la ley de liberación compasiva?

Los tribunales tenían distintas opiniones al respecto. Un tribunal federal de Nueva York redujo una pena “evidentemente injusta” de 50 años a 25 años, en parte gracias a los cambios correspondientes en la ley. El Tribunal de Apelaciones del Décimo Circuito confirmó la decisión de reducir una sentencia de 55 años a la pena ya cumplida (de unos 10 años) por motivos similares. Pero el influyente Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito, ubicado en Chicago, no estuvo de acuerdo, y otros tampoco.

Para dilucidar las cosas, la Comisión de Sentencias aprobó una “declaración de política” donde aclaraba los casos en que los cambios en la ley podían justificar una liberación compasiva.

Según la nueva regla de la Comisión, que entró en vigencia en noviembre de 2023, los cambios no retroactivos en la ley podían considerarse como una justificación para autorizar una liberación compasiva si el acusado ya había cumplido al menos 10 años de una “sentencia extraordinariamente larga” y si hubo una “desigualdad excesiva entre la sentencia que se está cumpliendo y la sentencia que probablemente se impondría” en la actualidad. (El Brennan Center presentó un análisis ante la Comisión a favor de una versión de esta política).

Ese podría haber sido el final del problema. Pero no. Algunas fiscalías federales comenzaron a rechazar las mociones de liberación compasiva argumentando no solo que el recurso era injustificado en el caso específico que les competía, sino que la declaración de política de la Comisión era ilegítima y excedía la amplia autoridad que el Congreso le había concedido a la Comisión.

Carter y Rutherford

Este asunto llegó a la Corte Suprema de la mano de dos casos, Carter v. United States Rutherford v. United States. Daniel Rutherford había sido sentenciado a 42.5 años de prisión a la edad de 22 años por un par de robos armados. Si hubiera sido sentenciado después de que la Ley del Primer Paso cambiara los cálculos de sentencia en ciertos casos armados, habría recibido una pena mínima obligatoria mucho más corta, de 14 años.

Johnnie Markel Carter enfrentó una situación parecida. Su pena a prisión de 70 años por una serie de robos bancarios cometidos con posesión de arma podría haber sido de 30 años más corta, si los cambios de pena en ciertos casos armados de la Ley del Primer Paso hubieran estado vigentes cuando fue sentenciado.

Estos dos hombres solicitaron una reducción de pena conforme a la ley de liberación compasiva. El Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito confirmó la denegación de las dos mociones con el argumento, en el caso de Rutherford, de que la ley de liberación compasiva no permitía la reducción de la sentencia por los cambios no retroactivos de la ley y que la declaración de política de la Comisión no podía cambiar eso.

Tanto Carter como Rutherford apelaron ante la Corte Suprema con el argumento de que la Comisión tenía la facultad de promulgar la declaración de política y que sus mociones debían evaluarse conforme a eso.

Esto hizo que la Corte considerara el alcance de la ley de liberación compasiva y la validez de su interpretación por parte de la Comisión de Sentencias.

La decisión de la Corte

Durante los alegatos orales, los fiscales federales presentaron la declaración de política de la Comisión como una amenaza a la separación de poderes. El Congreso había decidido deliberadamente no autorizar la retroactividad de la Ley del Primer Paso, la legislación de reforma de sentencias que se cuestionaba en los casos de Rutherford y Carter. Afirmaron que aplicar esta ley retroactivamente a través de la ley de liberación compasiva equivaldría a pasar por encima de la decisión política del Congreso.

A fin de cuentas, la Corte estuvo de acuerdo y confirmó la denegación de las mociones de Carter y Rutherford con un voto ideológico de 6 a 3. En su opinión en nombre de la mayoría, la magistrada Amy Coney Barrett argumentó que las desigualdades extremas en las sentencias creadas por la ley según la cual Carter y Rutherford fueron sentenciados no fueron ni “extraordinarias” ni “concluyentes” y que, por lo tanto, no justificaban su liberación compasiva.

Según ella, dado que el Congreso casi nunca permite que las personas ya encarceladas se beneficien de las principales reformas de las sentencias, la diferencia entre las sentencias que recibieron Carter y Rutherford y las que habrían recibido en la actualidad reflejaba una consecuencia prevista y “definitivamente no ‘extraordinaria’” de las reformas promulgadas por el Congreso. Las desigualdades tampoco podrían considerarse “concluyentes”, porque fueron resultado de la decisión política del Congreso de “no extender la nueva reducción de penas a quienes ya habían sido sentenciados”.

Además, la magistrada Barrett señaló que permitir que los jueces reduzcan sentencias federales de esta manera debido a leyes con nuevas reformas de sentencias “socavaría la decisión del Congreso de dejar intactas las sentencias” pronunciadas antes de las reformas. Si los tribunales pudieran evaluar las desigualdades de las sentencias como una justificación para la liberación compasiva, los efectos podrían extenderse “mucho más allá de las enmiendas no retroactivas de sentencias y abarcarían controversias con respecto a la duración de todas las penas impuestas”.

Este resultado generaría una situación arriesgada en la que los jueces podrían sustituir sus propias opiniones sobre el sentido de justicia de una sentencia larga, lo cual erosionaría la facultad exclusiva del Congreso de determinar qué constituye un delito federal y cuáles son las penas recomendadas, una preocupación que también había expresado el magistrado John Roberts, presidente de la Corte, durante los alegatos orales.

Barrett concluyó su opinión diciendo que la declaración de política de la Comisión de Sentencias era “inválida”, ya que permitía reducciones de sentencias que conflictuaban con la interpretación de la Corte sobre la ley de liberación compasiva.

La magistrada Sonia Sotomayor disintió, junto con las magistradas Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson. En su opinión, argumentaron que el “Congreso le ordenó a la Comisión Federal de Sentencias, no a esta Corte, que definiera qué constituye una “razón extraordinaria y concluyente” por la cual una persona encarcelada podía recibir la reducción de su sentencia según la ley de liberación compasiva”.

Según su punto de vista, la declaración de política de 2023 de la Comisión, que delineaba las circunstancias específicas bajo las cuales los tribunales de distrito podían considerar las desigualdades de las sentencias creadas por los cambios en la ley, “se ajusta perfectamente dentro de estos parámetros holgados”.

La opinión de disenso también cuestionó la sugerencia de la mayoría de que la declaración de política de la Comisión permitía el recurso de la liberación compasiva en casos comunes y citó datos que probaban lo poco que se utilizaba en la práctica. “Casi nadie ha recibido este recurso según los criterios de la Comisión”, señaló Sotomayor y luego demostró que la declaración de política de la Comisión no había “abierto la puerta a una reducción masiva de sentencias en casos no excepcionales”.

Según Sotomayor, la mayoría tampoco había explicado muy bien por qué el enfoque individualizado de la Comisión según el caso “no coincide con la decisión categórica del Congreso de no aplicar la retroactividad”.

Las recomendaciones de la Comisión solo permitían que los tribunales dieran “plena consideración a las circunstancias individualizadas del acusado” mientras evaluaban cualquier cambio en las leyes bajo determinadas circunstancias: cuando la desigualdad se considera “excesiva”, la sentencia es “extraordinariamente larga” y el acusado ya cumplió al menos 10 años de su sentencia. Este tipo de evaluación individualizada y altamente fáctica era inherentemente judicial y en nada se entrometería con las decisiones políticas categóricas que le corresponden al Congreso.

¿Qué pasará ahora con la liberación compasiva?

Desafortunadamente, la decisión de la Corte Suprema tendrá el efecto inmediato de restringir las circunstancias que se consideran extraordinarias y concluyentes según las reglas federales de la liberación compasiva.

Esto socava la discreción de los jueces de corregir las sentencias federales a prisión anticuadas, excesivas y ahora inaceptables en los casos específicos que así lo requieran. Y los tribunales inferiores tendrán que evaluar qué sigue válido de la declaración de política de la Comisión, si acaso queda algo.

Sin embargo, la decisión de la Corte deja una oportunidad clara de resolver este aspecto controversial de la ley, al menos por ahora. La opinión de la mayoría se centró en el tipo de recursos que la ley de liberación compasiva autorizaba o no.

El Congreso podría responder con una enmienda a la ley y aclarar que las desigualdades extremas en las sentencias, como las de Carter y Rutherford, son exactamente el tipo de circunstancias “extraordinarias y concluyentes” que debería considerar la Comisión.

Teóricamente, este tipo de legislación podría obtener el apoyo de los dos partidos. El Congreso promulgó un programa mucho más amplio durante la pandemia de COVID-19, mediante el que se trasladaron miles de personas a regímenes de confinamiento domiciliario antes de lo que, en otras circunstancias, se habría podido hacer.

El resultado: tasas de reincidencia extremadamente bajas, menor riesgo de contagio e importantes ahorros para los contribuyentes de impuestos. Existen numerosos motivos para creer que la iniciativa de enmendar y expandir la política federal de liberación compasiva tendría el mismo grado de éxito.

Con la asistencia en la investigación de Aidan Garagic y Sophia Attie.

Traducción de Ana Lis Salotti