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Análisis

Los casos de aborto fomentan el debate sobre originalismo en los estados

Al anular la prohibición del aborto en Carolina del Sur y ratificar la de Idaho, los tribunales supremos estatales consideran el uso de la historia en la interpretación constitucional.

Enero 10, 2023
Supreme Court
sframephoto/Getty
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El pasado jueves, dos cortes supremas estatales emitieron dictámenes trascendentales pero opuestos sobre el derecho al aborto conforme a sus constituciones estatales. La Corte Suprema de Carolina del Sur anuló la prohibición del aborto a partir de las seis semanas en su estado, mientras que la Corte Suprema de Idaho ratificó una prohibición casi total del aborto. 

Ambas decisiones con un voto de 3–2 ponen en manifiesto que en el país habrá grandes diferencias respecto a derechos reproductivos. También reflejan enfoques marcadamente distintos al uso de la historia en la interpretación constitucional, con lo que continúa la importante conversación sobre las consecuenciasdel originalismo estricto que la mayoría en la Corte Suprema de Estados Unidos aplica en este momento.

Tras mencionar el derecho expreso a la privacidad que se agregó a la constitución estatal en 1971, el tribunal en Carolina del Sur anuló la prohibición del aborto después de seis semanas de embarazo. La corte rechazó argumentos originalistasde que este derecho se debe limitar a la privacidad de datos porque el comité que lo propuso inicialmente en la década de los sesenta se había centrado en la intrusión por vigilancia electrónica.

La jueza Kaye Hearn, la única mujer del tribunal (hasta que se jubile este mes) y la autora del dictamen de la mayoría relativa, concluyó que depender de la historia de este comité sería “ignorar[] y posiblemente perpetuar[], el entorno social de ese momento”. Señaló que Carolina del Sur tiene una historia particularmente lamentable respecto a los derechos de la mujer, que incluye no haber ratificado el voto femenil hasta 1969 y haber sido el penúltimo estado del país que permitió mujeres jurados por esa misma época. (Mississippi fue el último).

Dada esta historia, escribió el tribunal, no es de sorprender que el comité de nueve miembros que redactó esta enmienda a la constitución fuera íntegramente masculino, ni que “incluir el derecho de la mujer a la autonomía física [no fuera] una prioridad para sus miembros. Sin embargo, la propia enmienda incluyó el amplio término de “privacidad”.

Permitir que la “estrecha” perspectiva del comité sobre cuáles asuntos de privacidad eran más importantes controle la interpretación de la constitución en 2023 sería, escribió el tribunal, “perpetuar” una sociedad discriminatoria que no tomó en serio los asuntos “de mayor impacto para las mujeres”. En vez, prometió la corte, esta evidencia sobre su intención “no debe guiar ni acabar con nuestra indagación”. El rechazo por Hearn de limitarse a la perspectiva de las autoridades masculinas del pasado también fue evidente durante alegatos verbales, en los que hizo declaraciones contundentes de que la experiencia del embarazo es singularmente personal de maneras captadas por ella y las mujeres que presentaron el argumento a favor de las demandantes, pero no por los tres hombres que presentaron los alegatos del estado.

A pocas horas de que la Corte Suprema de Carolina del Sur emitió su fallo, la Corte Suprema de Idaho ratificó una de las más extremas prohibiciones del aborto en el país. Ésta penaliza el aborto en todas las circunstancias, si bien permite que los médicos usen como defensa de que prestan atención médica para salvar la vida de una mujer o en caso de violación o incesto. Bajo dicha amenaza, es poco probable que muchos médicos, si acaso, realicen estos abortos médicamente necesarios.

El fallo en Idaho repite el análisis originalista de la Corte Suprema de Estados Unidos en Dobbs, que anuló Roe v. Wade con el fundamento de que el derecho al aborto no se reconocía cuando se ratificó la 14.a enmienda. La mayoría en Idaho, al señalar la ausencia de un “derecho explícito al aborto” en la constitución del estado, evaluó “si el presunto derecho estaba ‘tan arraigado’ en las tradiciones e historia de Idaho al momento que se creó el estado que podemos concluir imparcialmente que la intención de quienes crearon y adoptaron las pautas legales del estado . . . fue proteger implícitamente ese derecho”. Tras revisar las leyes y normas de 1889, el tribunal concluyó que el aborto no se “consideraba un derecho que merecía mayor protección”. El fallo produjo una enérgica opinión en desacuerdo con temas similares a la opinión de la mayoría relativa en Carolina del Sur.

El fallo de la corte de Carolina del Sur —y la opinión en desacuerdo de Idaho— son una crítica rotunda del originalismo estricto en Dobbs y repiten la observación en la oposición a Dobbs  de que “por supuesto que ‘el pueblo’ no ratificó la 14.a enmienda. Lo hicieron hombres. Por lo tanto, no es tan sorprendente que quienes la ratificaron no estuvieran perfectamente al tanto de la importancia de los derechos reproductivos para la libertad de la mujer y su capacidad de participar como miembros igualitarios de nuestra nación”. Por esta razón, en la oposición a Dobbs se argumentó, “cuando la mayoría dice que debemos leer la carta de fundación como se consideraba al momento de la ratificación. . . , se relega a las mujeres a ciudadanas de segunda clase”.

Al considerar las regresivas implicancias prácticas del originalismo, el fallo de Carolina del Sur, al igual que las opiniones en oposición a Dobbs y Idaho, motiva preguntas profundas sobre la democracia: quiénes logran ejercer poder, los intereses de quiénes se consideran fundamentales y cómo los tribunales deben aplicar los principios constitucionales de libertad e igualdad que expresaron entidades exclusivas que eran parte de sociedades que aceptaban la desigualdad.

Durante muchos siglos, hombres filósofos, juristas y legisladores —entre ellos James Madison— expresaron entusiasmo sobre el derecho fundamental a la autonomía física. Simplemente no notaron ni les interesó el impacto singular del embarazo y parto en la autonomía física de la mujer, incluso mientras muchas mujeres a su alrededor, desesperadas por poner fin a un embarazo, recurrían a tratamientos peligrosos, dolorosos y a veces incluso mortales.

No basta decir, como insinúa con frecuencia la actual mayoría en la Corte Suprema de Estados Unidos, que vincular los derechos fundamentales con tradiciones “muy arraigadas” es más democrático y, por lo tanto, más legítimo, porque deja asuntos polémicos de política en manos de las legislaturas. En otros casos, la Corte Suprema no ha tenido ningún reparo en desautorizar a las legislaturas (ycual sea la voluntad popular que reflejen), como lo hicieron recientemente al anular normas sobre armas en New York State Rifle & Pistol Association vs.Bruen.

Tales defensas de originalismo también hacen caso omiso de la evidente realidad de que, en parte gracias a fallos recientes de la Corte Suprema de Estados Unidos, con frecuencia las legislaturas no reflejan la voluntad popular debido a la manipulación de los distritos electorales, la supresión del voto y la financiación desigual de las campañas electorales. De hecho, la corte de Carolina del Sur señaló que cuando la legislatura estatal aprobó en 2022 la prohibición del aborto después de seis semanas, rechazó una propuesta de someter el asunto a un referendo público en vez. (El tribunal señaló, además, que por lo menos otros seis estados habían tenido referendos similares desde Dobbs y en todos los casos se favoreció el derecho al aborto).

Como destacan estos dos fallos emitidos el mismo día, el debate constitucional acerca del aborto no ha terminado, y está entrelazado con el debate más extenso sobre el originalismo extremo y su legitimidad como método de interpretación constitucional. Es posible que estos debates resulten ser mucho más animados en los tribunales estatales que en los federales, donde ya se han trazado los frentes de batalla claramente.

Traducción de Keynotes Translations and Editorial Services