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- El gobierno ha intentado exagerar la magnitud de la amenaza que representa la violencia política izquierdista al designar a antifa como una “organización terrorista nacional” y requerir que la fiscal general recomiende otros grupos para esa designación.
- Ni la ley ni los hechos sustentan esta premisa, y lo más probable es que las impugnaciones ante los tribunales de las medidas que se tomen conforme a estas órdenes sean exitosas.
A fines de septiembre, el presidente Trump promulgó un decreto ejecutivo que designaba a “antifa” como una “organización terrorista interna”. A pocos días, emitió el memorando presidencial de seguridad nacional 7 (NSPM-7) sobre la lucha contra el terrorismo nacional y la violencia política organizada. Este análisis evalúa las afirmaciones hechas en estos documentos y sus posibles efectos nocivos, en base a una década de trabajo por el Brennan Center sobre el marco gubernamental de respuesta al terrorismo externo e interno.
Tanto el decreto como el memorando carecen de fundamento fáctico y jurídico. Ponerlos en práctica violaría el derecho a la libertad de expresión, y sería una amenaza potencial contra cualquier persona o grupo asociado con alguna de las diversas opiniones desfavorecidas, pues se podrían utilizar para investigarlos o llevarlos a juicio.
No hay evidencia de una conspiración izquierdista generalizada para perpetrar actos de violencia política
NSPM-7 empieza por enumerar una mezcolanza de incidentes: algunos delictivos y otros que constituyen actividad protegida por la Primera Enmienda. Entre ellos están la violencia dirigida a figuras públicas como el activista conservador Charlie Kirk, el presidente Trump y el juez Brett Kavanaugh; el asesinato del director ejecutivo de United HealthCare, Brian Thompson; un supuesto incremento de 1,000 por ciento en ataques contra agentes del Servicio de Inmigración y Aduanas de Estados Unidos (U.S. Immigration and Customs Enforcement o ICE, por sus siglas en inglés); un tiroteo en un local de ICE; y manifestaciones contra la policía y la justicia penal.
Los sucesos mencionados, según el NSPM-7, “no son una serie de incidentes aislados” ni han “surgido orgánicamente”. Más bien, son la culminación de “campañas organizadas” de intimidación y violencia con el propósito de “silenciar el discurso de oposición, limitar la actividad política, cambiar o exigir medidas políticas e impedir el funcionamiento de la sociedad democrática”.
Basado en los hechos, esta afirmación carece de credibilidad. Para empezar, la lista constituye una evidente selección a conveniencia a fin de destacar lo que la presidencia considera violencia “izquierdista” y excluye otros ejemplos muy conocidos de violencia política que no coinciden con este argumento.
Entre ellos están el ataque al Capitolio el 6 de enero de 2020, la matanza en 2022 en un supermercado de Buffalo, Nueva York, que fue motivada por creencias de supremacía blanca y los mortales tiroteos de dos legisladores estatales demócratas de Minnesota y sus cónyuges en 2025. La presentación de una imagen más completa, sin embargo, socavaría la narrativa de que la violencia política es resultado de una confabulación de la izquierda.
Tampoco está respaldada la afirmación de que los involucrados en los incidentes enumerados actuaban como parte de una conspiración concertada. El vínculo entre los diversos protagonistas que participaron en los actos identificados como violencia política en NSPM-7 es sencillamente que todos parecen oponerse a medidas políticas del ejecutivo de una manera u otra. (El asesinato del director ejecutivo de United Healthcare parecer ser un caso aislado, ya que no se ha establecido un móvil).
Además, no hay pruebas que indiquen que el extenso universo de activismo y actos criminales que el memorando menciona sea organizado, ni que tenga un financiamiento común. Una vaga afinidad ideológica no constituye un plan concertado para efectuar actos de violencia a fin de alcanzar objetivos políticos.
El Ejecutivo no es la autoridad pertinente para designar como organización terrorista a “antifa” ni ningún grupo nacional
El gobierno también ha intentado exagerar la magnitud de la amenaza que representa la violencia política izquierdista al designar a antifa como una “organización terrorista nacional” y requerir que la fiscal general recomiende otros grupos para esa designación. Esto no tiene sentido.
Como han explicado, tanto el exdirector de la FBI, Chris Wray, como el Servicio de Investigación del Congreso (Congressional Research Service), antifa no es un grupo ni una organización, sino un movimiento descentralizado. Además, el poder ejecutivo no tiene autoridad para designar como organización terrorista nacional a grupos, como lo evidencia la falta de mención de estatutos o cláusulas constitucionales que respalden los actos del presidente. No existe ninguno, y la supuesta designación carece de efecto legal.
Esto contrasta claramente con la autoridad presidencial (delegada al secretario de Estado) para designar “organizaciones terroristas extranjeras”. Como se explica aquí, hay buen motivo para no extender al contexto nacional el actual régimen de terrorismo exterior, que criminaliza proporcionar intencionalmente apoyo o recursos materiales a organizaciones terroristas extranjeras designadas. El aspecto político de tal designación (de por sí peligroso en el contexto internacional) conllevaría enormes riesgos respecto a la Primera Enmienda.
Ya que el terrorismo es inherentemente un delito político, aplicar al contexto nacional la criminalización del apoyo material al terrorismo extranjero permitiría que el gobierno designe formalmente como tal a grupos internos con creencias poco populares y enjuicie a cualquiera que los apoya. El riesgo de abuso es particularmente serio porque bajo el estatuto de apoyo material, cualquier ayuda —incluso sin intención violenta— puede acarrear una condena penal significativa.
Las consecuencias de aplicar este concepto antojadizo en el contexto de antifa o el antifascismo son enormes: pagar el almuerzo de un activista, permitir que un manifestante duerma en tu sillón o prestar brevemente una computadora para imprimir panfletos que critican la política gubernamental podrían considerarse apoyo material.
De hecho, en la decisión que ratificó la ley de apoyo material al terrorismo extranjero, la Corte Suprema reconoció que la lógica de apoyo material podría trasgredir la Primera Enmienda bajo otras circunstancias. La corte fue muy específica al indicar que no sugería que el Congreso podía extender la misma prohibición a organizaciones nacionales (y mucho menos que el presidente podía hacerlo actuando unilateralmente).
Se atacan múltiples opiniones desfavorecidas
En base al decreto ejecutivo sobre antifa, que ya ataca una amplia gama de expresiones políticas, el NSPM-7 ordena que las agencias federales den prioridad a investigaciones sobre diversas identidades e ideologías que describe como parte del “autodenominado antifascismo”. Estas incluyen “antiamericanismo, anticapitalismo y anticristianismo; apoyo al derrocamiento del gobierno de Estados Unidos; extremismo en materia de migración, raza y género; y hostilidad hacia las personas con valores tradicionales sobre familia, religión y moral”.
Esta lista preocupantemente amplia abarca desde sindicalistas, socialistas, muchos libertarios y críticos del cristianismo, manifestantes anti-ICE, activistas transgénero, hasta grupos que apoyan la justicia racial, la inmigración, y en general cualquiera con opiniones que el gobierno considere “antiestadounidenses”. Conforme al NSPM-7, la calificación “antifascista” se puede aplicar a todos ellos, lo que le da al gobierno máxima flexibilidad para combatirlos.
A pesar de sus reiteradas menciones de violencia e intimidación, gran parte del NSPM-7 va directamente en contra de la expresión y la acción no violenta de personas y organizaciones protegidas por la Primera Enmienda. Entre sus objetivos declarados están las “campañas de… radicalización”; es decir, el discurso que promueve ideas que el gobierno considera “radicales”.
Durante la última década, diversas agencias de seguridad han creado programas de monitoreo de redes sociales que se usan de manera regular contra movimientos de protesta. En 2020, por ejemplo, la Oficina de Inteligencia y Análisis del Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security) vigiló a personas que participaban en manifestaciones por la justicia racial en Portland, Oregon, como también a periodistas que reportaron sobre la respuesta del gobierno. Desde entonces, también ha estado al tanto de los debates cibernéticos sobre el aborto y los camioneros pro-Trump. Sería muy fácil usar o incluso ampliar estos esfuerzos para que se centren en ideologías desfavorecidas.
Las directivas también podrían llevar a que las plataformas de redes sociales eliminen o restrinjan tipos adicionales de mensajes. Las normas de las principales plataformas suelen prohibir o limitar mucho los debates de cualquier persona que sea percibida como simpatizante del terrorismo.
Extender este marco a todas las formas de expresión que las directivas vinculan al terrorismo interno afectaría una gran diversidad de puntos de vista. La trayectoria del poder ejecutivo de presionar a empresas para que silencien a sus críticos —desde la suspensión del programa de Jimmy Kimmel hasta la eliminación de la aplicación ICEBlock de la tienda de Apple— indica que bien podría presionar a las plataformas a seguir este rumbo.
Pleno despliegue de fuerza de la autoridad del gobierno federal
En respuesta a su designación del antifascismo como amenaza y extensa conspiración terrorista nacional, el NSPM-7 ordena a las agencias del gobierno a actuar contra “todos los participantes en estas conspiraciones criminales y terroristas, lo que incluye las estructuras, redes, entidades, organizaciones, fuentes de fondos y actos organizados que lo apoyan”.
El memorando ordena a los Comandos Conjuntos contra el Terrorismo (Joint Terrorism Task Forces o JTTF, por sus siglas en inglés) a “coordinar y supervisar una estrategia nacional integral para investigar, enjuiciar y combatir entidades y personas que participan en actos de violencia política e intimidación que se proponen suprimir la actividad política legal y obstaculizar el imperio de la ley”.
Al calificar el antifascismo como una amenaza, se ordena a las agencias de la ley a centrar sus recursos en organizaciones y personas de tendencia izquierdista que se oponen a la política del gobierno, en vez de los tipos de violencia política que los estadounidenses enfrentan más comúnmente en el país.
Además, de muchas maneras, el NSPM-7 también va en contra de importantes entidades que otorgan subvenciones. Primero, el NSPM-7 da instrucciones a los JTTF de investigar no solo las entidades que aportan fondos, sino también a sus funcionarios y empleados. Esto intensifica la presión al poner en la mira a personas en vez de instituciones.
En segundo lugar, el NSPM-7 ordena que los agentes de la ley, al interrogar a las personas que arrestan por violencia política, les pregunten sobre el “patrocinio financiero de dichos actos antes del fallo o el inicio de acuerdos prejudiciales”. Esto parece ser un esfuerzo por incentivar a los manifestantes para que acusen a otros en una distorsión de la estrategia común de las fiscalías de hacer que los acusados de menor participación en una conspiración criminal actúen en contra de superiores.
En tercer lugar, el NSPM-7 da instrucciones al secretario del tesoro para que “desmantele redes financieras que financian el terrorismo nacional y la violencia política”. Desmantelar los mecanismos de financiamiento usados por grupos terroristas es una estrategia de larga data contra el terrorismo. Sin embargo, en el contexto de la gran confabulación antifascista que el NSPM-7 inventa, los investigadores podrían abusar de ello para bloquear cuentas bancarias y transacciones financieras de diversas entidades solamente porque se oponen al poder ejecutivo.
Finalmente, tanto el NSPM-7 como el decreto ejecutivo sobre antifa atacan la exoneración de impuestos de fundaciones que financian a grupos de la sociedad civil, como también a los grupos mismos. El NSPM-7 ordena al comisionado del Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service) a asegurarse de que “ninguna entidad exenta esté financiando de manera directa o indirecta la violencia política ni el terrorismo nacional”.
El decreto ejecutivo sobre antifa da instrucciones a las agencias federales de la ley de investigar y procesar a quienes brindan “apoyo material” al financiar los “operativos ilegales” de “Antifa” o cualquiera que afirme ponerlo en práctica. Al igual que las instrucciones al secretario del tesoro, esta orden se debe interpretar en el contexto del memorando con afirmaciones sin respaldo sobre una conspiración izquierdista, las cuales probablemente impulsarán las investigaciones del comisionado.
En 2024, grupos de la sociedad civil plantearon serias inquietudes sobre una medida que le habría dado al secretario del tesoro discreción prácticamente ilimitada para designar como “organización de apoyo al terrorismo” a entidades sin fines de lucro de Estados Unidos y privarlas de su exención de impuestos.
En una carta a la Cámara de Representantes, más de 350 organizaciones escribieron: “El poder ejecutivo podría usar su autoridad para ir en contra de sus opositores políticos y usar el temor de honorarios legales devastadores, el estigma de la designación y la pérdida de donantes debido a la controversia para atacar a disidentes y desalentar la libre expresión y el activismo. Por más que la aplicación más extensa de esta autoridad no sobreviva los tribunales, el potencial costo financiero y la pérdida de la buena reputación por defenderse de una investigación y litigar una designación arbitraria podría significar, en efecto, el fin de la entidad sin fines de lucro agraviada antes de siquiera llegar a la corte”.
Todas estas inquietudes también se aplican al decreto ejecutivo sobre antifa y el NSPM-7.
Las leyes existentes otorgan al presidente una gran libertad para combatir las amenazas contra la seguridad nacional. El NSPM-7 y el decreto ejecutivo sobre antifa son un abuso obvio de esta libertad, al amenazar con emplear toda la fuerza del gobierno federal para eliminar la existencia inventada de una conspiración izquierdista de violencia política financiada en la clandestinidad. Ni la ley ni los hechos sustentan esta premisa, y lo más probable es que las impugnaciones ante los tribunales de las medidas que se tomen conforme a estas órdenes sean exitosas.
Pero mientras tanto, se atacará y perjudicará a muchas personas y entidades por sus actividades protegidas por la Constitución, y se acallará a otros, pues temerán las consecuencias de asociarse con los grupos que se ataque o pronunciarse a su favor. La seguridad de todos será menor a medida que los recursos policiales se desvíen de amenazas reales a imaginarias.
Traducción de Keynotes Translations and Editorial Services