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Illustration of man in powdered wig holding quill and modern woman with tablet
Adrià Fruitos
Análisis

Un nuevo manual para refutar el originalismo en los tribunales

Nuestra guía les muestra a los abogados cómo rebatir argumentos históricos deficientes.

diciembre 16, 2025
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Adrià Fruitos
diciembre 16, 2025

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  • La supermayoría conservadora ha dejado en claro que está aplicando el originalismo como el método central para interpretar la Constitución.
  • Las partes litigantes que buscan reducir derechos y mutilar el gobierno federal han seguido la pauta de la Corte y están llenando sus opiniones de basura histórica.

John Marshall, el gran magistrado presidente de la Corte Suprema a comienzos de su historia, consideraba que la Constitución debía ser interpretada en términos generales según sus principios.

Marshall escribió: “Nunca debemos olvidar que la que estamos exponiendo es una Constitución... que se propone durar épocas enteras y, por consiguiente, que debe adaptarse a las distintas crisis de los asuntos humanos”. En la actualidad, la Corte Suprema parece decidida a olvidarlo.

La supermayoría conservadora ha dejado en claro que está aplicando el originalismo como el método central para interpretar la Constitución. Es un enfoque radical que procura congelar en el tiempo nuestra ley más fundamental e interpretar sus palabras únicamente según el supuesto significado original que se le daba en 1787.

Las partes litigantes que buscan reducir derechos y mutilar el gobierno federal han seguido la pauta de la Corte y están llenando sus opiniones de basura histórica.

Tenemos muchas críticas, que comentamos más abajo. Pero nos guste o no, esta es la situación actual con la que se enfrentan todos aquellos que luchamos a favor de los derechos y la justicia ante la Corte Suprema.

Por eso, el Brennan Center hizo algo nuevo. La semana pasada, publicamos un manual que detalla cómo reconocer y responder a los argumentos originalistas, una guía práctica para abogados y jueces que se encuentran haciendo malabares con una lingüística alocada y chorradas históricas y que no tienen la más mínima idea de cómo hacerse pasar por historiadores.

Mi colega Tom Wolf explica:

Nuestro informe sintetiza las enseñanzas que hemos estado compartiendo con nuestros aliados que luchan en las trincheras de la justicia. Da a los abogados consejos prácticos para reconocer, analizar y ganarles a los argumentos históricos chapuceros en sus causas judiciales. Nuestra guía se basa en la idea de que los abogados que se enfrentan a argumentos originalistas no tienen por qué convertirse en historiadores ni terminar siempre “haciendo originalismo”. Los abogados aún pueden abogar y utilizar decisiones judiciales y su pensamiento crítico para arrancar de raíz los argumentos originalistas. Nuestra guía les muestra cómo hacerlo.

Y —en aquellas situaciones donde los abogados deben adentrarse en detalles históricos— explica los pasos que pueden tomar para trabajar mejor con los historiadores, presentar una historia más precisa y adecuada, evitar errores que puedan debilitar sus casos y utilizar la historia de manera no originalista.

Los abogados que salen a proteger nuestra democracia son personas muy ocupadas. Por eso, nuestra guía va directo al grano. Ofrece una serie de consejos breves, respaldados por citas exhaustivas de jurisprudencia, artículos académicos y presentaciones judiciales que los abogados pueden adaptar rápidamente para elaborar sus escritos y alegatos orales.

Irónicamente, no hay ninguna “historia y tradición” que demuestre que la Corte Suprema haya funcionado de esta forma. Más de lo que se piensa, este viraje de la Corte Suprema hacia el originalismo es un fenómeno reciente. 

En realidad, se afianzó recién en 2022, con el caso Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization (que se quiso basar en el significado original de la Constitución para revocar el derecho al aborto) y con la causa New York State Rifle & Pistol Association v. Bruen (que estableció que, en efecto, los actuales problemas de seguridad pública no podían ser motivo, según la Constitución, para la regulación de las armas).

Antes de eso, las únicas decisiones originalistas importantes fueron la del caso DC v. Heller de 2008, que declaró que la Segunda Enmienda preveía el derecho individual de posesión de armas, ah, y la del caso Dred Scott... del que los originalistas no hablan mucho.

En la actualidad, la Corte es un poco irregular a la hora de aplicar esta nueva teoría en boga. El caso Trump v. United States,que concedió al presidente una amplia inmunidad de procesamiento penal, no tenía ni una pizca de originalismo. Un solo vistazo a la era de la fundación de nuestra nación y habrían encontrado muy poco respaldo a favor de una presidencia monárquica.

Ahora, la Corte está considerando importantes cuestiones de poder presidencial y derechos constitucionales. El interrogatorio durante los alegatos sobre los aranceles de Trump pareció tomar un giro hacia prácticas federales pasadas. La administración Trump intenta eliminar el derecho a la ciudadanía por nacimiento para los hijos de ciertas personas inmigrantes basándose en una reformulación de la Decimocuarta Enmienda que recuerda al espíritu del caso Dred Scott.

En el caso que decidirá si el presidente puede despedir a una persona miembro de la Comisión Federal de Comercio, las preguntas se centraron más en temas sobre la estructura del gobierno federal, quizá porque la Corte ya se decidió por una perspectiva histórica errada sobre el poder presidencial de remoción, establecida en casos pasados, y parece convencida de que puede proteger a la Reserva Federal con una excepción históricamente engañosa.

Si la Corte permite este despido, anulará la decisión de Humphrey’s Executor, un caso de 1935 que confirmó la constitucionalidad de las protecciones para jefes y líderes de las agencias independientes creadas por el Congreso.

Pero, tal como lo argumentamos en nombre de la historiadora Jane Manners en un escrito de amicus curiae, los límites legales con respecto al despido de funcionarios aparecieron mucho antes, incluso antes de la fundación de la Constitución. Sus fundadores, que conocían muy bien esos límites, esperaban que el Congreso pudiera establecer los períodos de mandato de los cargos ejecutivos.

El país ha cambiado y prosperado desde la Convención Constitucional. Mientras los Estados Unidos dejaba de ser un conjunto de colonias en la costa este y se convertía en una nación que ocupa el ancho de todo un continente y que tiene una población de 350 millones, ideamos formas de hacer todo lo que debe hacer un gobierno moderno. No tiene mucho sentido tratar de gobernar en 2025 aplicando las costumbres morales de los grandes terratenientes blancos del siglo XVIII.

Con el tiempo, parece evidente que el originalismo se ha empleado, en su mayoría, como una herramienta para ocultar elecciones políticas conservadoras bajo una jerga judicial histórica. Aun así, abordamos los argumentos originalistas sobre sus méritos porque así debemos hacerlo. Y debemos poder responder con más eficacia.

Es bueno conocer la historia. Yo he escrito tres libros sobre la historia de la Constitución y es fascinante. Pero lo que más importa no es lo que pasó en 1787, sino lo que pasó después.

Traducción de Ana Lis Salotti