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Informe

Condenas, encarcelamiento y pérdida de ingresos: Cómo el ingreso al sistema de justicia penal profundiza la desigualdad

Resumen: El ingreso al sistema de justicia penal puede reducir los salarios de una persona durante toda su vida laboral. Los estadounidenses de las comunidades negras y latinas son los que más sufren estas consecuencias.

Publicado: Septiembre 15, 2020
Illustration
Jamaal Barber

Prólogo

Estados Unidos está llegando a un punto de inflexión. Durante las últimas cuatro décadas, la desigualdad económica ha aumentado inexorablemente, lo cual ha obstruido la productividad, debilitado nuestra democracia y obligado a decenas de millones de personas a luchar por sobrevivir en el país más próspero del mundo. Las crisis que han golpeado a los Estados Unidos desde la primavera de 2020 —la pandemia del coronavirus, el desempleo masivo y los disturbios acaecidos en todo el país para pedir justicia racial— han hecho que las desigualdades que atormentan a la sociedad estadounidense se vuelvan más pronunciadas que nunca.

Las crisis interconectadas de los últimos dos años han resaltado una realidad que algunos preferirían ignorar: que la gran brecha entre los ricos y los pobres es resultado no solamente de la mano invisible del mercado, sino también de una serie de políticas equivocadas. Entre ellas, tal como revela este pionero informe, se encuentra un sistema de encarcelamiento masivo profundamente arraigado. El encarcelamiento masivo refleja y amplía muchísimas dimensiones de las divisiones que existen en este país: en los ingresos y la riqueza, en la voz política y el poder, en el acceso a la justicia y, lo que es más importante, en las cuestiones de raza y etnicidad.

Hoy en día, la cantidad de personas encarceladas en los Estados Unidos es cuatro veces más de lo que era en 1980, cuando los salarios comenzaron a estancarse y la red de seguridad social, a encogerse. Siempre supimos que las personas que ingresan al sistema de justicia penal —un grupo compuesto, en su enorme mayoría, por personas de bajos ingresos y negras— enfrentan varias barreras económicas a modo de discriminación a la hora de conseguir empleo y pérdida de oportunidades laborales, entre otros factores. Este informe demuestra que quedan atrapadas en el sistema más personas de las que antes se creía y cuantifica las enormes pérdidas económicas que sufren como consecuencia: las personas que pasan tiempo en prisión pierden más de la mitad de los ingresos que habrían podido ganar en el futuro si no hubieran sido encarceladas.

Haber determinado mediante un análisis estadístico riguroso cuánto les cuesta el encarcelamiento masivo a las personas atrapadas por ese sistema es un logro importantísimo. Los hallazgos de este informe reconstruyen nuestra percepción sobre el tema: estos costos suponen una carga perpetua sobre el potencial de ingresos de decenas de millones de estadounidenses y no solo los pagan los individuos, sus familias y sus comunidades. También son factores sistémicos que multiplican la desigualdad y son tan inmensos que tienen consecuencias macroeconómicas.

Hoy en día, este hallazgo es fundamental. La contracción económica sin precedentes causada por la pandemia y la mala respuesta del gobierno federal anterior parecen estar repercutiendo mucho más sobre las personas que ya habían sido golpeadas, al igual que ocurrió en crisis anteriores. Cuando las empresas reducen su personal, los empleados con antecedentes penales suelen ser los primeros en ser despedidos y los últimos en volver a contratarse. Y mientras las corporaciones más grandes reciben miles de millones de dólares en subsidios, millones de personas desempleadas quedan olvidadas y sin ningún tipo de ayuda.

Estos se suman a otros costos enormes impuestos sobre la sociedad por nuestro sistema de encarcelamiento masivo. Algunos estados han gastado la misma cantidad de dinero en sus prisiones que en sus universidades. La pandemia ha hecho escasear aún más los fondos públicos. Que se gaste más dinero para encarcelar a más gente debilitará nuestro futuro, mientras que, si se gasta esa misma cantidad de dinero en expandir nuestras universidades, tendremos una economía del siglo veintiuno más fuerte.

El encarcelamiento masivo ha sido un instrumento clave de supresión del voto porque, en algunos estados, a las personas con antecedentes penales se les priva de su derecho al voto y, en muchos otros, toda persona que estuvo presa debe volver a registrarse para votar cuando salga en libertad. Esta práctica menoscaba la democracia: debido a que las personas negras y de bajos ingresos sufren muchísimo más el encarcelamiento masivo, tendrán una representación mucho menor en nuestro electorado.

Mientras tanto, los intentos de toda la nación de reconocer y reparar la injusticia racial profundamente arraigada nos obligan a lidiar con las numerosas formas en que estas injusticias se han perpetuado durante el siglo y medio que transcurrió desde el fin de la esclavitud. Durante las últimas cuatro décadas, el encarcelamiento masivo, con la privación de voz política y de oportunidades económicas que a menudo conlleva, ha ocupado un lugar central. El encarcelamiento masivo hace que la movilidad económica sea casi imposible para una enorme cantidad de personas negras.

Sin embargo, el presente también nos ofrece una oportunidad histórica. Al poner al desnudo las grotescas desigualdades que cimentan nuestra sociedad, la agitación social de 2020 nos ha dado el espacio necesario para cambiar drásticamente nuestro rumbo. Un movimiento ambicioso y con objetivos democráticos para crear una economía más justa y resiliente, basada en un contrato social renovado y fortalecido, por fin está ganando impulso. Pero no habrá un verdadero adelanto hasta que nuestros ciudadanos más marginalizados y vulnerables logren movilidad económica. Las políticas urgentes que recomienda este informe son un paso hacia adelante para acabar con estas injusticias y construir una sociedad más próspera e igualitaria. Este informe presenta lo que se debe hacer para acabar con el encarcelamiento masivo. Y explica, de igual importancia, cómo lidiar con su legado: el gran número de estadounidenses que tienen antecedentes penales. Es un error que hayan perdido tantos años productivos de su formación, con frecuencia, por infracciones menores. Es doblemente un error que sufran por el resto de su vida el estigma de haber sido encarcelados. Por ellos y por nuestra sociedad entera, debemos minimizar las consecuencias de ese estigma.

Hay mucho por hacer si queremos que la sociedad pueda reconciliarse y remediar completamente nuestra larga historia de injusticias raciales. Acabar con el encarcelamiento masivo es un buen comienzo. Este informe presenta argumentos muy convincentes a favor de los inmensos beneficios económicos que ello puede aportar.

Joseph E. Stiglitz
Profesor universitario
Universidad de Columbia

Introducción

Los cuatrocientos años de historia de injusticia racial en los Estados Unidos continúa provocando desigualdades económicas profundas, una realidad que nuestra sociedad debe dejar de ignorar. Por ejemplo, el patrimonio neto de una familia blanca típica es diez veces más grande que el de una familia negra típica. Increíblemente y a pesar de los triunfos del movimiento por los derechos civiles, esta brecha económica racial apenas si se movió en la última mitad del siglo. 

Al mismo tiempo, como todos ya sabemos, nuestro sistema de justicia penal trata a la población estadounidense de un modo radicalmente desigual. Hace un siglo, era cuatro veces más probable que un hombre negro sea encarcelado que uno blanco. En 1980, en uno de los puntos más álgidos de la llamada “guerra contra las drogas”, era 11 veces más probable. Además, las mujeres y hombres de raza negra son encarcelados a una tasa tres veces mayor que los hombres y mujeres de raza blanca. Y casi la mitad de todas las personas que hoy cumplen una condena perpetua es de raza negra. Una de las razones es la desigualdad en la aplicación de la ley; por ejemplo, la mayoría de las personas detenidas por el controversial programa de “detención y cacheo” de la ciudad de Nueva York era de raza negra. Otro dato posiblemente más alarmante es que las personas negras tienen muchísimas más probabilidades de ser víctimas del uso de la fuerza policial. Las protestas que estallaron durante la primavera de 2020, catalizadas por el movimiento de las Vidas Negras Importan, revelaron y cimentaron una mayor concientización del público sobre estas desigualdades raciales sistémicas del sistema de justicia penal.

El aspecto económico y el penal no están separados. De hecho, las tremendas desigualdades raciales de nuestro sistema de justicia penal se traducen directamente en desigualdades económicas. Estas consecuencias se multiplican y reafirman a lo largo de toda una vida de discriminación en el mercado laboral y en el acceso a las oportunidades económicas. Las sienten los individuos, por supuesto, pero también las perciben sus familias y sus comunidades. Y se sienten con tal magnitud y de una forma tan sistémica que se transforman en un importante factor estructural de desigualdad económica.

Este informe evalúa los efectos económicos duraderos que producen las condenas y el encarcelamiento. Demuestra que las personas que ingresan al sistema de justicia penal tienden a ganar mucho menos dinero durante el transcurso de su vida que si no hubieran sido encarceladas. La pérdida de oportunidades, la insuficiencia de los servicios de reinserción social y el estigma social, entre otros factores, contribuyen al vínculo que existe entre el encarcelamiento y la pobreza. Las consecuencias, tanto a nivel individual como sistémico, son nefastas.

Para llegar a estas conclusiones, este informe comienza identificando cuántos de los más de 70 millones de personas con antecedentes penales han ingresado al sistema de justicia penal en alguna de estas tres formas diferentes: mediante un encarcelamiento, una condena por un delito mayor sin encarcelamiento y una condena por un delito menor.

Luego, evalúa cómo cada una de estas interacciones con la justicia penal disminuye los ingresos de los individuos. Por último, este informe utiliza un método innovador para ilustrar cómo esta reducción de ingresos persiste durante toda la vida de la persona y profundiza la pobreza, en especial, para las personas negras y latinas.

Específicamente, este informe señala los siguientes hallazgos: 

  • Las condenas y el encarcelamiento afectan a más personas y de formas más graves de lo que se creía. Con datos que llegan al 2017, este informe concluye que unos 7.7 millones de personas estadounidenses fueron encarcelados en algún momento de su vida, unos 12.1 millones fueron condenados por un delito mayor sin encarcelamiento y unos 45 millones fueron condenados por al menos un delito menor. (Debido a ciertas limitaciones en los datos, puede haber algún solapamiento entre las categorías).
  • Las condenas y el encarcelamiento durante la juventud de una persona reducen sus ingresos anuales.
    • Las personas que pasan tiempo en prisión sufren las peores pérdidas: sus ingresos anuales posteriores se ven reducidos, en promedio, en un 52 por ciento.
    • Las personas condenadas por un delito mayor que nos son encarceladas sufren una reducción promedio de sus ingresos anuales del 22 por ciento.
    • Las personas condenadas por un delito menor sufren una reducción promedio de sus ingresos anuales del 16 por ciento.
  • Estas pérdidas de ingresos consolidan la pobreza. La pérdida de ingresos se acumula con el tiempo. En promedio, las personas que estuvieron en prisión ganan casi medio millón de dólares menos durante su vida laboral que si no hubieran sido encarceladas. Estas pérdidas las sufren muchísimo más las personas que ya viven en la pobreza y ayudan a perpetuarla.
  • Las pérdidas de ingresos profundizan las desigualdades económicas entre las comunidades negras, latinas y blancas. Los ingresos de las personas blancas que estuvieron en prisión tienden a subir durante sus vidas laborales en libertad, mientras que los de las personas negras tienden a permanecer relativamente estancadas. Debido a que hay una mayor proporción de personas negras y latinas en el sistema de justicia penal, estos efectos económicos también se concentran en sus comunidades y ensanchan la brecha económica racial.

En todo el informe, se calcularon los efectos de los tres tipos de interacciones con el sistema de justicia penal comparando a personas que habían sido encarceladas, condenadas por un delito mayor sin encarcelamiento y condenadas por un delito menor, con otras que nunca lo habían sido, pero que, en los demás aspectos, tenían características muy parecidas. A las personas del grupo de comparación se las llama en este informe “pares” o “personas en situaciones similares” a las implicadas en el sistema judicial.

La tabla 1 resume los hallazgos cuantitativos de este informe. Las pérdidas promedio de ingresos anuales sufridas por cada uno de los grupos se multiplican por el tamaño de su población para demostrar el efecto global que tienen las condenas y el encarcelamiento.

Tal como se percibe en esta tabla, las pérdidas llegan a los cientos de miles de millones dólares, pero incluso esta suma probablemente no abarque el impacto económico verdadero que tiene el sistema de justicia penal por dos motivos. En primer lugar, este informe no estudia el efecto que tienen sobre los ingresos las cárceles, en contraposición a las prisiones. Es difícil de obtener datos confiables sobre la población carcelaria, pero el tamaño gigantesco del sistema carcelario convierte este tema en un área interesante de investigación futura. En segundo lugar, este informe no cuantifica los costos secundarios de las interacciones con el sistema de justicia penal, tales como los ingresos que pierde una familia cuando un padre o una madre debe dejar su trabajo para cuidar de un niño durante la encarcelación de su cónyuge, los costos de transporte para visitar a un ser querido encarcelado, el dinero enviado a la cuenta de un recluso, los gastos en llamadas telefónicas o de video durante la encarcelación de un ser querido, los costos judiciales, otras tasas y multas impuestas por la justicia penal o los honorarios de un abogado privado, por nombrar solo algunos. (Realizar un análisis completo de costos y beneficios de las políticas penales actuales queda fuera del alcance de este informe).

Dadas las devastadoras consecuencias económicas de las interacciones con el sistema de justicia penal, las personas encargadas de elaborar políticas deben, ante todo, reducir el tamaño del sistema y el uso de las condenas y el encarcelamiento. Para aquellas personas condenadas o encarceladas, se pueden tomar medidas para contrarrestar la discriminación y reforzar la red de seguridad social, de modo que se puedan mitigar los daños acaecidos sobre sus vidas.

En particular, los autores recomiendan las siguientes políticas para corregir las consecuencias devastadoras y desiguales de las condenas y del encarcelamiento: 

  • Las jurisdicciones deberían reclasificar algunos delitos mayores como delitos menores y despenalizar otros. Esta medida reduciría la prevalencia de los tres tipos de penas evaluadas en este informe.
  • Las personas encargadas de elaborar políticas deberían invertir en alternativas al arresto y al procesamiento penal, tales como programas de salud mental y de rehabilitación de drogas para personas en riesgo de ser arrestadas. Otros programas parecidos podrían permitir la desestimación de cargos penales que ya se hayan presentado y el cierre de las causas una vez completado el programa. Además de reducir las condenas, estos cambios podrían reducir el riesgo de interacciones violentas con la policía.
  • Los gobiernos estatales y el federal deberían invertir en alternativas al encarcelamiento. En muchos casos, las condenas de libertad vigilada y de servicio comunitario, entre otras, son más adecuadas que el encarcelamiento y disminuirían los daños que sufre la población condenada.
  • Las personas encargadas de elaborar políticas deberían ampliar las oportunidades para los individuos implicados en el sistema judicial para que puedan conseguir empleos con buenos salarios. En primer lugar, deberían reducir los obstáculos que estas personas enfrentan a la hora de buscar trabajo, como algunas reglas de licenciamiento profesional que excluyen a las personas con antecedentes penales. En segundo lugar, las jurisdicciones que aún no lo hicieron deberían adoptar reglas que prohíban preguntar sobre los antecedentes penales durante la solicitud de un trabajo. Estas reglas, que postergan este tipo de preguntas para más adelante durante el proceso de contratación, amplían las oportunidades laborales y mitigan las consecuencias a largo plazo que conlleva el tener antecedentes penales. El sector privado también puede ayudar: las empresas deberían expandir la contratación de personas con antecedentes penales, por ejemplo, limitando el alcance de las verificaciones de antecedentes.
  • Las jurisdicciones deberían prevenir la discriminación en el mercado laboral y en el acceso a la vivienda por tener antecedentes penales. A las personas que salen en libertad les suelen rechazar solicitudes de empleo o de vivienda sin ninguna consideración. Si bien ciertos tipos de antecedentes penales pueden ser relevantes para ciertas solicitudes, no tienen por qué considerarse automáticamente como un impedimento.
  • Las personas encargadas de elaborar políticas deberían fortalecer la red de seguridad social para ayudar a las personas con antecedentes penales a salir de la pobreza y la desesperación y que no vuelvan a reincidir en el delito. Como primera medida, las ciudades deberían quitar las barreras en el acceso a la vivienda pública y ayudar a reunir a las familias que viven en estas comunidades después del encarcelamiento de uno de sus miembros. De la misma forma, el gobierno federal debería revocar las barreras en el acceso a los beneficios gubernamentales. Hasta que el Congreso tome cartas en el asunto, los estados pueden tomar sus propias medidas para minimizar el impacto de estas reglas punitivas. Y, por último, la administración penitenciaria debería asistir a las personas que salen en libertad para que comiencen a recibir beneficios gubernamentales de inmediato. Estos cambios pueden evitar que las personas pasen hambre y vuelvan a caer en el delito durante los primeros días de libertad.

I. La magnitud del sistema de justicia penal de los Estados Unidos

Este análisis comienza con el cálculo de la cantidad de personas que han estado implicadas en el sistema de justicia penal de alguna de estas tres formas diferentes: mediante un encarcelamiento, una condena por un delito mayor que no derivó en encarcelamiento, y una condena por un delito menor. Estos tres tipos de sanciones reducen los ingresos de una persona, por lo cual es importante entender cuál es su magnitud.

Hay muchas otras formas en las que se puede ingresar al sistema de justicia penal. De acuerdo con el FBI, más de 70 millones de personas en los Estados Unidos tienen algún tipo de antecedente penal, lo que significa que, como mínimo, fueron arrestados. Millones de personas pasan por las cárceles del país todos los años. Y decenas de millones tienen a un familiar implicado en el sistema de justicia penal de alguna forma u otra. Todas estas interacciones con la justicia penal pueden afectar los ingresos de las personas y ocasionar otros daños graves y permanentes. El foco de este informe sobre las condenas y el encarcelamiento no debería interpretarse como una trivialización u omisión de los costos de los otros tipos de interacciones con el sistema de justicia penal.

Ha habido otros análisis que estudiaron el impacto del encarcelamiento en los ingresos posteriores, pero apenas si evaluaron el efecto de las condenas. Además, muy pocos análisis se propusieron distinguir entre los efectos de las condenas y los del encarcelamiento, o los efectos de recibir una condena por un delito mayor y los de recibirla por un delito menor. Este informe procura llenar estos vacíos de información.

Cómo calculamos el total de personas previamente encarceladas

>> El tamaño de cada una de las tres poblaciones estudiadas en este informe fue calculado a partir del total de personas afectadas por cada parte del sistema de justicia penal en un año cualquiera, que se redujo según las tasas de reincidencia penal y mortalidad, y luego se repitió este proceso para todos los años siguientes de los que se tienen datos.

>> Para las personas previamente encarceladas, el cálculo comienza con los siguientes datos:

  • Personas puestas en libertad. Los datos sobre las personas que salieron de prisión entre los años 1965 y 2017 fueron obtenidos de la Oficina de Estadísticas Judiciales (Bureau of Justice Statistics, BJS) del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. El modelo estadístico de este informe comienza en 1965 porque se determinó que la cantidad de personas encarceladas que fueron puestas en libertad antes de 1965 y que siguen vivas hoy en día es insignificante, debido a la alta tasa de mortalidad de la población encarcelada y la edad promedio de encarcelación.
  • Datos de reincidencia penal. Los informes gubernamentales normalmente brindan datos sobre la reincidencia penal según cuántas personas son nuevamente arrestadas, condenadas o encarceladas dentro de un período determinado (por ejemplo, cinco años). Sin embargo, lo que es relevante para este informe es qué probabilidades tiene una persona de volver a prisión en cualquier momento hasta el año 2017, el final del período de estudio de este informe. Entonces, en lugar de usar las tasas convencionales de reincidencia, los autores calcularon cuántas probabilidades tiene una persona liberada un año determinado de volver a prisión durante los años estudiados, hasta 2017. Estos cálculos se realizaron a partir de los datos del Programa de Informes Penitenciarios Nacionales (National Corrections Reporting Program) y basándose en los estudios anteriores en la materia.
  • Tasas de mortalidad. La encarcelación tiene características particulares que dañan la salud mental y física de las personas encarceladas. Por lo tanto, los autores trabajaron sobre el alarmante supuesto de que las personas que fueron encarceladas sufren tasas de mortalidad más altas que la población en general.

>> Luego, por cada año en estudio, el modelo ajustó las liberaciones anuales según las tasas de mortalidad y reincidencia penal de ese mismo año.

>> Para visualizar el proceso: comencemos por un año representativo, 2005. Durante ese año, 701,632 personas fueron puestas en libertad. Los autores calculan que, dados los 12 años que tuvieron hasta 2017 para un posible rencarcelamiento, el 63 por ciento volvería a ser arrestado. Del restante 37 por ciento de personas que no volvería a la prisión (o sea, 259,899 personas), los autores estiman que el 90 por ciento sigue vivo en la actualidad. Por lo tanto, de las personas liberadas en 2005 que no volvieron a prisión, se calcula que un total de 234,914 individuos siguen con vida.

>> Por último, se sumaron todos los resultados de cada año en estudio.

A. Personas previamente encarceladas
Cálculo: 7.7 millones

Dado que ninguna fuente gubernamental registra la cantidad de personas que alguna vez fueron encarceladas, los autores elaboraron un modelo para realizar este cálculo. Comenzaron por ingresar (o interpolar, cuando haya sido necesario para resolver la falta de datos) la cantidad de personas que fueron liberadas de prisión durante un año de los del período en estudio. Luego, se ajustaron estos totales según las tasas de reincidencia penal para asegurarse de que el modelo no cuente dos veces a las personas que luego, según los datos, volvieron a ser encarceladas. Por último, se ajustaron los datos según las tasas de mortalidad para eliminar del total a las personas que fueron encarceladas en algún momento, pero que probablemente no sigan con vida. Este proceso coincide a grandes rasgos con la estructura de otros estudios anteriores, pero incluye datos más recientes.

De acuerdo con este proceso, se calculó que hay 7.7 millones de personas en la actualidad (poco menos de la población total de Virginia) que fueron encarceladas en algún momento de sus vidas. Resulta interesante señalar que más del 75 por ciento de estas personas fue liberado en 2000 o en los años posteriores, lo cual significa que su período de encarcelamiento probablemente haya comenzado a fines de los años 90. Por lo tanto, si bien puede ser tentador atribuir el tamaño de la población previamente encarcelada a la implementación de políticas arcaicas que fueron revocadas desde hace tiempo, esta explicación no parece del todo precisa.

Este cálculo coincide, en líneas generales, con el de los estudios anteriores. Algunos cálculos más pequeños incluyen solo a la población en edad laboral o están desactualizados. Otros estudios más recientes han calculado que en 2010 había unas 7.3 millones de personas que estaban actual o previamente encarceladas en los Estados Unidos. Debido a que el cálculo de este informe utiliza datos desde 1965 hasta 2017 (no había suficientes datos disponibles sobre el 2018 al momento de esta publicación), es lógico que aquí tengamos una suma más alta. El cálculo de este informe sería aún mayor si no fuera por las tasas de mortalidad relativamente altas que aquí se utilizaron.

Según lo demuestra la tabla 2, los hombres superan ampliamente a las mujeres en cuanto a la población previamente encarcelada. Las personas negras y latinas también representan la mayoría de esta población, y las mujeres y los hombres negros previamente encarcelados superan a las mujeres y los hombres blancos.

Tal como lo ilustra la figura 1, estos totales son extremadamente desproporcionales si se considera la población en general. Pero la representación desproporcional de las personas negras y latinas en la población previamente encarcelada no debe resultarnos sorprendente, dada la existencia constante y bien documentada de desigualdades raciales en las poblaciones penitenciarias. De hecho, de acuerdo con los datos más recientes, la cantidad de mujeres y hombres negros privados de libertad sigue superando la cantidad de mujeres y hombres blancos encarcelados. Sería sorprendente si estas constantes desigualdades no se reflejaran en la población previamente encarcelada.

B. Personas condenadas por un delito mayor sin encarcelamiento
Cálculo: 12.1 millones

Si bien el encarcelamiento es una pena importante, las personas previamente encarceladas son solo una pequeña porción de toda la población implicada en el sistema judicial. Aquellas personas actual o previamente encarceladas, unos 10 millones en total, integran solo el 15 por ciento de los 70 millones de personas que tienen algún tipo de antecedentes penales. 

Las condenas por delitos mayores son un tipo de pena grave que seguramente afecte el potencial de ingresos de una persona. Es fundamental comprender su prevalencia y sus efectos para tener un panorama completo del impacto económico que tiene el sistema de justicia penal. Sin embargo, resulta difícil calcular la cantidad de personas condenadas por delitos mayores que no hayan sido encarceladas, porque muchas personas condenadas por delitos mayores sí pasan tiempo en prisión.

La mayoría de las personas condenadas por un delito mayor recibe una pena de prisión, de libertad vigilada (un tipo de libertad supervisada que suele darse como alternativa al encarcelamiento) o una pena mixta que combina las dos anteriores. Por lo tanto, para calcular las personas condenadas por un delito mayor, pero no encarceladas, este informe comienza con los datos de la cantidad de personas que recibe una pena de libertad vigilada por año.

Al igual que se explicó en la última sección, estos totales luego se ajustaron según las tasas de reincidencia penal y mortalidad. Los datos sobre reincidencia fueron obtenidos de los informes de las personas que tienen un régimen de libertad vigilada en el sistema federal. Para las tasas de mortalidad, los autores supusieron que las personas condenadas por delitos mayores, pero no encarceladas tienen un mayor riesgo de mortalidad que la población en general, pero menor que la población previamente encarcelada. Los autores también agregaron otras variables para asegurarse, en la mayor medida posible, de que el modelo incluyera solo a las personas bajo libertad vigilada y que no habían sido encarceladas. Luego, la cantidad de personas bajo libertad vigilada fue reducida a la mitad porque, de acuerdo con los datos de la BJS, la mitad de las personas con penas de libertad vigilada las recibieron por un delito menor

Tras repetir este proceso para cada cohorte anual de personas que reciben una pena de libertad vigilada, los autores calcularon que son aproximadamente 12.1 millones las personas que viven actualmente y que fueron condenadas por un delito mayor sin haber sido encarceladas. Desafortunadamente, la BJS no realiza un desglose racial de las personas que comienzan o finalizan un régimen de libertad vigilada. Por consiguiente, no es posible estudiar la composición demográfica de esta población.

Existe el riesgo de que este cálculo sea excesivo, ya que puede estar incluyendo a personas que sí pasaron tiempo en prisión. Por ejemplo, una persona que haya sido puesta en prisión por un delito distinto después de haber completado su régimen de libertad vigilada se estaría contando en los dos grupos. La naturaleza fragmentaria de los datos sobre la justicia penal hace imposible eliminar este riesgo por completo.

Sin embargo, otras dos limitaciones sugieren que este modelo podría haber dado un cálculo demasiado bajo. En primer lugar, los datos necesarios para este modelo solo se remontan al año 1980; por lo tanto, abarcan un período más corto que el modelo de la población previamente encarcelada. En segundo lugar, muchas personas condenadas por un delito mayor reciben una sentencia de prisión en la cárcel local, una población que no examinaron ni este modelo ni el análisis de la sección anterior. No obstante, aunque es un cálculo aproximado, nos ayuda a conocer mejor a la población implicada en el sistema judicial.

C. Personas condenadas por un delito menor
Cálculo: 45 millones

Los delitos menores, si bien son menos graves que los delitos mayores, también tienen repercusiones duraderas sobre el potencial de ingresos de una persona. Las condenas por estos delitos generalmente más leves pueden aparecer en las verificaciones de antecedentes penales, inhabilitar a una persona para recibir una licencia profesional o provocar otras situaciones restrictivas. Todo cálculo de la prevalencia de las condenas penales y sus efectos debe considerar el gigantesco sistema de justicia de delitos menores.

La mayoría de las personas en los Estados Unidos está familiarizada, por la cultura popular, con el modelo clásico de la justicia penal: presididos por un juez, la fiscalía y la defensa presentan pruebas, preguntan y repreguntan a los testigos y un jurado imparcial decide la culpabilidad o inocencia del acusado. Pero este modelo describe tan solo a un porcentaje ínfimamente pequeño de las causas penales. Tampoco refleja la realidad del sistema de justicia de delitos menores. A las personas acusadas de un delito menor se les ofrece una forma de justicia compacta y, muchas veces, reducida.

Si bien esta área de estudio sigue avanzando, las investigaciones han documentado más de 13 millones de causas anuales por delitos menores durante los últimos años. Sin embargo, resulta difícil calcular la cantidad de personas condenadas por un delito menor. Las tasas de condena e incluso la definición de una condena por delito menor varían de estado en estado. Algunos delitos leves se clasifican como delitos menores en algunos estados, pero no en otros.

Por lo tanto, para calcular la cantidad de condenas por delitos menores, este informe emplea un método novedoso que comienza con los datos del FBI sobre arrestos y luego calcula cuántos de esos arrestos terminaron en condenas mediante las tasas de condena calculadas por una encuesta longitudinal.

A continuación, para evitar duplicar el conteo, los autores calcularon la reincidencia penal por delitos menores. Sin embargo, el cálculo de la reincidencia plantea sus propios desafíos: a diferencia de los períodos de encarcelamiento y las sentencias por delitos mayores, es frecuente que una persona sea condenada por delitos menores más de una vez por año. Para resolver este problema, se usaron los ingresos a la cárcel repetidos como un indicador representativo de la reincidencia por delitos menores dentro de un mismo año. Luego, se usó esta cifra, que sugiere que, en promedio, una persona ingresa a una cárcel de una ciudad importante aproximadamente 1.4 veces por año, para calcular cuántas personas por año fueron condenadas por un delito menor. Al igual que en las secciones anteriores, se ajustaron las cifras según las tasas de mortalidad y reincidencia interanual. Siguiendo este método, los autores calculan que hay casi 46.8 millones de personas con vida en la actualidad, o uno en siete estadounidenses, que fueron condenados por algún delito menor y, por lo tanto, tienen antecedentes penales considerables.

Esta cifra tiene algunas limitaciones. En primer lugar, es probable que incluya a personas que ya se hubieran contado en las secciones anteriores. Es decir, algunas de los 46.8 millones de personas calculados con este modelo pueden haber pasado tiempo en prisión o haber sido condenadas por un delito mayor antes o después de haber recibido la condena por un delito menor. Este riesgo de duplicación de conteos es inevitable. La métrica sobre reincidencia penal de este modelo teóricamente protege contra la duplicación de personas que hayan sido condenadas por dos delitos menores, pero, debido a las limitaciones de los datos existentes, no puede eliminar a las personas que hubieran reincidido de otras formas. Además, los autores pudieron obtener suficientes datos para aplicar este modelo durante solo 23 años, de 1995 a 2017. Además, las tasas reales de reincidencia intranual también pueden ser más altas que las determinadas por las pocas investigaciones disponibles que se usaron para elaborar este modelo.

Estas limitaciones no se pueden subsanar debido a los importantes vacíos de información que hay en el sistema de justicia penal de nuestro país. Se necesitarían investigaciones originales exhaustivas, con una recolección de datos a gran escala, para conocer con más precisión cuántas personas han sido condenadas por un delito menor. Dadas estas limitaciones, podría ser más útil considerar el total determinado en este informe como un valor aproximado y no preciso: aproximadamente unos 45 millones de personas, y no precisamente 46.8 millones, fueron condenados por un delito menor.

El enorme alcance de la reclusión en las cárceles

>> Hay un grupo considerable que quedó fuera de nuestros conteos: las personas que son detenidas o recluidas en una cárcel. Debido a que las cárceles procesan más de 10 millones de ingresos por año, la cantidad de personas que en algún momento ingresaron a la cárcel debe de ser enorme.

>> Resulta difícil calcular el tamaño de esta población. Parte del problema es que las cárceles cumplen dos funciones: sirven para detener a alguien durante un período corto mientras esperan juicio y para encarcelar a una persona que ya fue condenada por un delito, normalmente un delito menor. Sin embargo, los datos sobre la reincidencia penal en las cárceles solo suelen registrar a las personas del segundo grupo. Sin saber con precisión la tasa de reingreso a una cárcel por cualquier razón, es imposible obtener un cálculo razonable de la población previamente recluida en una cárcel. Esto es así especialmente porque el 54 por ciento de la población carcelaria se renueva cada semana, lo cual amplifica el efecto de cualquier error en los cálculos de reincidencia.

>> El período de reclusión en las cárceles también varía muchísimo. Si bien el período de reclusión en una cárcel tiene un promedio de tan solo 26 días, en jurisdicciones más grandes como la de la ciudad de Nueva York, es más prolongado. Y se han documentado casos de reclusión en cárceles que se extienden durante años. Como consecuencia, es difícil afirmar que todas las personas que pasan tiempo en una cárcel son afectadas de la misma forma. La pérdida de ingresos e incluso de empleo son ciertamente experiencias comunes. Pero los efectos a largo plazo y cómo se distribuyen son interrogantes más complicados.

>> Las investigaciones llevadas a cabo para este informe sí les permitieron a los autores llegar a la conclusión, basada en un importante caso, de que la cantidad de personas afectadas por las cárceles es en verdad enorme. Antes de la pandemia del coronavirus, el Departamento Correccional de la ciudad de Nueva York (que supervisa el complejo carcelario de Rikers Island) tenía una población diaria promedio de unas 8,000 personas e ingresaba a unas 40,000 por año, por debajo de las más de 120,000 personas que ingresaron en el año fiscal 2001. Es decir que recluía aproximadamente al 1 por ciento de la población diaria promedio de todas las cárceles de los Estados Unidos.

>> De acuerdo con los datos obtenidos mediante una solicitud en virtud de la Ley de Libertad de Información, el Departamento Correccional de la ciudad de Nueva York encarceló a 949,919 personas entre 1983 y el 14 de junio de 2019. (Un estudio de próxima publicación liderado por un grupo de sociólogos evaluará cuál es el riesgo que los neoyorquinos de diferentes grupos demográficos tienen de ser recluidos en una cárcel). Si solamente la ciudad de Nueva York recluyó en sus cárceles a casi 1 millón de personas durante un período de 36 años, entonces el número de personas que en algún momento fueron recluidas en cualquier cárcel del país debe llegar a las decenas de millones.

Sin embargo, ninguna de estas limitaciones debilita la siguiente conclusión central: una cantidad sorprendentemente inmensa de estadounidenses tiene alguna condena por un delito menor con graves consecuencias, tal como se demostrará a continuación. Aunque la población condenada por un delito menor sea la mitad de lo calculado en este informe (unos 20 millones, por ejemplo, debido a una mayor tasa de reincidencia intranual), la cifra seguiría siendo alarmante y las implicaciones políticas no cambiarían. Las investigaciones sobre el sistema de justicia de delitos menores es un área de estudio muy nueva. Ojalá nuestro cálculo aproximado aliente a otras personas a recabar los datos necesarios para llevar a cabo investigaciones más precisas y a pulirlo en estudios futuros.  

Este análisis permite comprender la magnitud del encarcelamiento masivo en los Estados Unidos de un modo más detallado que en las investigaciones anteriores. De los más de 70 millones de personas que viven en la actualidad con antecedentes penales, decenas de millones han recibido alguna de las penas más graves que tiene el sistema de justicia penal: el encarcelamiento o la condena por un delito mayor. Y otras decenas de millones deben lidiar con el estigma de haber recibido una condena por un delito menor, que, si bien es menos severa, aún daña la capacidad de una persona de encontrar un trabajo estable.

Cómo las condenas y el encarcelamiento pueden afectar los ingresos

>> El gigantesco sistema de justicia penal de los Estados Unidos puede afectar la vida de una persona, directa o indirectamente, de muchas formas. Este informe se centra en las condenas por un delito menor, las condenas por un delito mayor y el encarcelamiento, con la suposición de que estas interacciones afectarán los ingresos de las personas a lo largo de sus vidas. Pero ¿por qué las condenas y el encarcelamiento afectan los ingresos? ¿Y por qué el encarcelamiento tiene un efecto especialmente grave? Los investigadores han ofrecido, entre otras, las siguientes teorías:

  • Tener antecedentes penales puede desalentar a los empleadores a contratar o incluso a entrevistar a una persona. De acuerdo con una encuesta de 2018, el 95 por ciento de los empleadores realiza algún tipo de verificación de antecedentes penales de los candidatos para un puesto. Quizá por eso, los candidatos con antecedentes penales tienen aproximadamente un 50 por ciento menos de probabilidades de recibir una segunda entrevista, lo cual les priva de la oportunidad de siquiera explicar sus motivos. Algunos estudios sugieren que el tipo de condena determina la gravedad del estigma. De todas formas, las condenas o el encarcelamiento, independientemente del motivo, pueden contribuir al desempleo prolongado de una persona, lo cual produce una mayor tasa de desempleo entre la población implicada en el sistema de justicia (se calcula que la tasa de desempleo llega al 27 por ciento entre las personas previamente encarceladas). También pueden provocar que las personas acepten trabajos de menores salarios o con menos oportunidades de progreso profesional que otros empleos que podrían haber conseguido si no hubieran sido condenadas o encarceladas.
  • Obstáculos legales para trabajar.Como se explicará en detalle a continuación, algunos empleos requieren licencias profesionales y tienen miles de reglas que restringen el acceso a las personas con antecedentes penales. Estas reglas pueden impedirles a las personas previamente implicadas en el sistema de justicia conseguir trabajo en sectores lucrativos y donde tienen experiencia. Por ejemplo, California entrena a las personas encarceladas para que se conviertan en bomberos de excelencia, pero hay restricciones legales que les impide a muchos unirse a la fuerza de bomberos tras su liberación.
  • Pérdida de oportunidades. Los dos factores anteriores describen los desafíos que enfrenta cualquier persona con antecedentes penales. Pero, cuando se sale de prisión o después de una larga reclusión en la cárcel, existen también otros obstáculos. En primer lugar, cuando se pasa tiempo en reclusión, se pierde ese tiempo laboral y el tiempo que se podría haber pasado aprendiendo aptitudes o haciendo conexiones sociales necesarias para conseguir trabajo o triunfar laboralmente (lo que en economía se llama “capital humano”). Y estos efectos se acumulan con el tiempo: según un análisis, cada año que se pasa en reclusión reduce en casi 4 puntos porcentuales la probabilidad de una persona de encontrar empleo luego de su liberación. Si bien los estudios en este campo tienden a centrarse en los efectos que tienen las prisiones, un nuevo estudio sugiere que las cárceles pueden tener efectos perjudiciales parecidos.
  • Salud mental y física. El encarcelamiento pone en peligro la salud y el bienestar. Por ejemplo, las personas que necesitan atención médica mientras están en prisión pueden no recibir tratamientos de alta calidad o no recibir ninguno en absoluto. Las enfermedades y problemas de salud suelen seguir existiendo luego de la liberación, lo cual hace mucho más difícil conseguir y conservar un trabajo estable. La experiencia deshumanizante que representa el encarcelamiento y los comportamientos que las personas deben adoptar para sobrevivir también pueden hacerles más difícil triunfar laboralmente.

II. Los efectos de las condenas y el encarcelamiento sobre los ingresos anuales

En esta sección, se evalúa cómo los ingresos de las tres poblaciones en estudio se ven afectados por sus interacciones con el sistema de justicia penal. A partir de los datos de encuestas, se determina que las condenas por delitos menores provocan una reducción baja de los ingresos; las condenas por delitos mayores, una reducción moderada; y el encarcelamiento; una reducción grave.

Muchas investigaciones han procurado estudiar el efecto del encarcelamiento sobre los ingresos. Este informe amplía este conocimiento calculando también el efecto de las condenas por delitos mayores y delitos menores. Primero, evalúa el efecto de las condenas y el encarcelamiento sobre los ingresos anuales. Y luego, estudia cómo esos efectos se acumulan a lo largo de la vida de una persona. 

Cómo se calculan las pérdidas de ingresos en este informe

>> Para llegar a estas cifras, los autores parten de los datos de las cohortes de 1979 y 1997 de la Encuesta Longitudinal Nacional de la Juventud (National Longitudinal Survey of Youth, NLSY79 y NLSY97, respectivamente). Luego, utilizaron una técnica estadística llamada pareamiento por puntuación de propensión (PSM) para comparar a las personas que han ingresado al sistema de justicia penal con otras con las que comparten determinadas características esenciales. Cuando la comparación es lo suficientemente equivalente, el diferencial de ingresos entre las personas implicadas en el sistema de justicia y las del otro grupo de comparación puede ser atribuido al efecto del sistema de justicia penal.

>> Específicamente para este informe, las personas que ingresaron al sistema de justicia penal durante sus primeros años de adultez (en promedio, en los últimos años de la adolescencia o alrededor de los veinte años) se compararon con otras personas que no tenían estos antecedentes, pero sí características demográficas parecidas (en cuanto a la edad, el género, la raza y etnicidad, y el nivel de educación) e indicadores regionales similares (tasas de pobreza y desempleo). De esta manera, se pudo evaluar la diferencia entre los ingresos de los dos grupos.

>> Todo estudio sobre los efectos del sistema de justicia penal debe aceptar el riesgo de que habrá diferencias más profundas que pasan desapercibidas entre las personas que son condenadas o encarceladas y las que no. De hecho, las investigaciones sugieren que las personas que son puestas en prisión ganaban considerablemente menos dinero que sus pares ya antes de la encarcelación. Para disminuir el efecto de estas características desapercibidas, los resultados de este informe fueron validados utilizando otras técnicas estadísticas. Para conocer los detalles de estos métodos, puede consultarse el apéndice B.

A. Personas previamente encarceladas
Cálculo: Una reducción del 52 por ciento

Este informe calcula que las personas previamente encarceladas ganan unos $6,700 dólares por año, mientras que sus pares ganan unos $13,800. Esta última cifra es apenas inferior al salario mínimo federal anual de un trabajador a tiempo completo. La desigualdad entre los dos grupos se traduce en una reducción de los ingresos anuales de aproximadamente un 52 por ciento.

B. Personas condenadas por un delito mayor sin encarcelamiento
Cálculo: Una reducción del 22 por ciento

Estas condenas implican un delito grave y producen un efecto importante sobre los ingresos futuros. Pero sin encarcelamiento, este efecto puede ser muy diferente al que están sujetos las personas que son recluidas. Por lo tanto, este informe presenta un nuevo modelo para calcular cómo la condena por un delito mayor, aun cuando no haya habido encarcelamiento, puede afectar los ingresos de una persona.

Aquí los autores utilizaron la cohorte de datos de la encuesta NLSY97, en la que los participantes respondieron específicamente a la pregunta si habían sido condenados por un delito mayor. Cuando se evalúa a este grupo de personas mediante el método de PSM (descrito en el apéndice B), se puede decir que las condenas por un delito mayor sin encarcelamiento también producen un efecto significativo sobre los ingresos anuales: una reducción de aproximadamente un 22 por ciento.

Este importante efecto coincide con las teorías sobre cómo los antecedentes penales repercuten sobre la capacidad de ingresos de un individuo. También es más probable que las personas condenadas por un delito mayor hayan pasado tiempo recluidas previo al juicio. Por eso, es posible que este cálculo del 22 por ciento incluya los efectos de una reclusión previa al juicio, que también ocasiona una reducción en los ingresos.

C. Personas condenadas por un delito menor
Cálculo: Una reducción del 16 por ciento

Utilizando la misma metodología, una condena por un delito que no hubiera sido considerado mayor (que, a efectos de este análisis, se supone que se trata de una condena por un delito menor) reduce los ingresos anuales de una persona en aproximadamente un 16 por ciento. Como se indicó en la sección anterior, el tiempo pasado en reclusión antes del juicio también puede explicar parte de esta reducción.

Puede parecer sorprendente que una condena por un delito menor repercuta tanto en los ingresos. Sin embargo, los estudios sugieren que incluso un arresto por un delito menor puede producir una reducción en el empleo de una persona. Cuando se acusa a una persona de un delito menor, esta suele terminar detenida mientras espera el juicio. Y las acusaciones por un delito menor también aumentan el riesgo de una futura condena y mayores interacciones con el sistema de justicia, aun cuando no se traduzcan en ninguna condena. De acuerdo con un investigador, aunque la causa termine siendo desestimada, esta le permite a la fiscalía empezar a elaborar un expediente que formará la base de cualquier otra interacción futura de esa persona con la policía.

Por lo tanto, que se la haya acusado de un delito menor, aun cuando no sea condenada, puede distinguirla, o “marcarla”, para un escrutinio más riguroso durante cualquier acción judicial futura, lo cual posiblemente aumente el riesgo de una condena más adelante y, por lo tanto, reduzca sus ingresos. Todos estos factores en su conjunto hacen que resulte lógico que una condena por un delito menor repercuta sobre los ingresos de una persona.

La naturaleza ambigua de la clasificación de delitos como delito menor significa que el efecto de estas condenas seguramente varíe de persona en persona y de caso en caso. Por ejemplo, es probable que una condena por conducir bajo los efectos del alcohol afecte los ingresos a un nivel distinto que una condena por una agresión física simple, aun cuando los dos sean delitos menores según la ley del estado de Nueva York. Sin embargo, el efecto promedio aquí descrito ayuda a comprender mejor las consecuencias de las interacciones con el sistema de justicia de delitos menores.

D. Efectos anuales globales

Todos los cálculos anteriores corresponden a las pérdidas de ingresos anuales de una persona promedio en cada uno de los grupos en estudio. Tienen un efecto profundo sobre las personas previamente encarceladas o condenadas, sus familias y sus comunidades. Como se demostrará a continuación, estos efectos no desaparecen con el tiempo. Las personas los siguen sintiendo durante todas las etapas de su vida y de sus carreras laborales.

Incluso en un único año, estas pérdidas de ingresos, cuando se suman, constituyen una enorme cantidad de dinero. Para cuantificar esa pérdida, la tabla 3 presenta las pérdidas de ingresos anuales en dólares de cada uno de los grupos, calculadas en la sección anterior, y multiplicadas por el tamaño del grupo según lo establecido en la sección I.

Por ejemplo, una persona promedio previamente encarcelada gana un 52 por ciento menos que otra persona equivalente que nunca fue encarcelada. Determinamos en la sección anterior que hay por lo menos 7.7 millones de personas previamente encarceladas en los Estados Unidos. Si aplicamos la reducción promedio de ingresos para todo el grupo, las personas previamente encarceladas pierden, en su conjunto, una cifra aproximada de $55.2 mil millones de dólares por año.

Suponiendo que no haya habido duplicación de personas en las distintas categorías, el subempleo como consecuencia del encarcelamiento o las condenas ocasiona una reducción de los salarios de las personas afectadas de unos $372.3 mil millones de dólares por año. Debido a que el encarcelamiento y las interacciones con el sistema de justicia penal ya castigan muchísimo más a las comunidades más pobres, esta cifra representa un dinero que, en su gran mayoría, se pierde y no se invierte en las comunidades que más la necesitan. Para dar contexto a la magnitud de esta pérdida, con $372.3 mil millones de dólares se podría:

  • cerrar la brecha de pobreza de la ciudad de Nueva York 60 veces; 
  • darle a cada una de las personas de los Estados Unidos que no tienen vivienda una casa valuada en $500,000, y todavía sobraría dinero;
  • financiar a la NASA durante unos 15 años con la suma de dinero que la NASA considera necesaria para volver a la luna en el año 2024; o
  • financiar a la Oficina de Servicios de Policía Comunitaria del Departamento de Justicia con los montos del año fiscal de 2020, durante más de mil años.

Las pérdidas descritas en este informe las sufren, ante todo, las personas afectadas y sus comunidades. Pero dada la magnitud de estas pérdidas, también existen repercusiones macroeconómicas. De hecho, otros investigadores que utilizaron otros métodos y estudiaron otras métricas han propuesto que el encarcelamiento masivo tiene un amplio impacto económico. Por ejemplo, según los sociólogos Bruce Western y Becky Pettit, la mayoría del daño que ocasiona el encarcelamiento “es invisible en las fuentes de datos tradicionales” porque “los reclusos en cárceles y prisiones no tienen ninguna clasificación en las estadísticas de empleo oficiales”. En un estudio que realizaron en el 2000, intentaron corregir esta omisión y revelaron que, si se contabilizaba a las personas encarceladas, la tasa de empleo se veía más reducida entre los hombres negros que entre los blancos. A partir de sus resultados, el Washington Post en 2016 determinó que, después de tomar en cuenta a las personas encarceladas, la tasa de desempleo entre los hombres negros en edad laboral en 2014 era 7.2 puntos porcentuales más alta que la tasa oficial. Este informe aporta más pruebas de los costos colaterales que el encarcelamiento masivo impone sobre la sociedad entera.

¿El trabajo penitenciario compensa estas pérdidas de ingresos? No.

>> Teóricamente, el impacto económico podría mitigarse si se ofrecieran oportunidades laborales en prisión. Las habilidades aprendidas en el trabajo penitenciaron podrían compensar la pérdida de lo que en economía se llama el “capital humano” de las personas privadas de su libertad, y las ganancias podrían ayudarles a acumular ahorros para comenzar una nueva vida cuando salgan en libertad.

>> Pero la realidad es muy diferente. En primer lugar, los salarios en prisión ni se aproximan a los salarios fuera de prisión. Si es que se ofrece algún pago, este suele ser muy bajo: aproximadamente $1 la hora. Muchas jurisdicciones luego le restan al salario ciertos costos, ya sean para pagar costos judiciales y multas o para pagar gastos asociados al encarcelamiento, tales como los costos de comida y cama (es decir, el costo del propio encarcelamiento de la persona). Algunas prisiones también recuperan los salarios que pagan a través de las subas de precio de los artículos de sus comisariatos. Los programas en las prisiones podrían ayudar a que las personas conserven y perfeccionen habilidades y aptitudes, pero hay muy pocas pruebas que demuestren que los programas actuales brinden esos beneficios.

Estos hallazgos sugieren que el encarcelamiento sigue siendo un importante factor de pérdidas económicas que reduce gravemente los ingresos de las personas afectadas. Pero no es el único. Unas dos terceras partes de las pérdidas globales que aquí se calcularon en $372.3 mil millones de dólares son consecuencia de condenas por delitos menores. Incluso tener antecedentes penales relativamente leves produce una seria reducción en los ingresos, y es necesario implementar una reforma de arriba hacia abajo para minimizar esos efectos.

III. Los efectos de las condenas y el encarcelamiento sobre los ingresos durante toda la vida

La pérdida de ingresos anuales es un valor útil para analizar el impacto macroeconómico del encarcelamiento masivo. Pero, para las personas que sufren los efectos de una condena o un encarcelamiento, estas pérdidas son más notorias cuando se acumulan con el correr de los años.

Partiendo del análisis anterior sobre las pérdidas de ingresos anuales, esta sección estudia las pérdidas acaecidas durante toda la vida y demuestra que las personas previamente encarceladas ganan menos de la mitad de lo que ganan sus pares durante toda su vida laboral. Como se demuestra en la figura 2, estas pérdidas de ingresos de las personas previamente encarceladas llegan al medio millón de dólares por persona, una cifra que fácilmente podría marcar la diferencia entre una vida de pobreza inevitable y otra evitable.

Se volvió a utilizar el método de PSM para obtener los resultados. Las personas implicadas en el sistema judicial se volvieron a comparar con personas equivalentes que nunca habían ingresado al sistema judicial.

El análisis de esta sección define los principales años laborales de la cohorte en estudio como el período que va desde los veinte hasta los cincuenta años de edad porque el aumento de ingresos suele ser más estable durante ese período. Para simplificar las cosas, cuando se describen los resultados, este período de treinta años se divide en tres según la edad promedio de los participantes en la encuesta NLSY en la muestra de cada etapa: etapa inicial de la carrera laboral (de los 25 a los 34 años), etapa media (de los 35 a los 44 años) y etapa final (más de 45 años). Debido a las limitaciones de los datos, esta sección no distingue

El daño producido por cualquier condena de por sí es enorme. Durante el transcurso de toda una vida, las pérdidas de ingresos acumulativos casi llegan a los $100,000 dólares para una persona condenada promedio. Sin embargo, estos resultados son insignificantes en comparación con los efectos del encarcelamiento. Hacia el final de la carrera laboral de una persona que fue encarcelada siendo joven, sin importar el delito, habrá perdido un promedio de unos $484,400 dólares de ingresos.

A. Consecuencias sobre la pobreza y la desigualdad de ingresos

Algunas investigaciones han propuesto que los efectos de tener antecedentes penales son “eternos” debido a la prevalencia de las bases de datos policiales y de detección de antecedentes. Los hallazgos de este informe respaldan esta afirmación. A lo largo de una vida, el efecto del encarcelamiento sobre los ingresos parece acumularse porque las personas implicadas en el sistema de justicia pierden la oportunidad de ver crecer sus ingresos como sí pueden hacerlo sus pares, lo cual resulta una conclusión alarmante y sorprendente. Como se muestra en la figura 3, una persona promedio previamente encarcelada comienza su carrera laboral ganando por año unos $7,100 dólares menos que sus pares y la finaliza ganando por año unos $20,000 dólares menos.

La desventaja socioeconómica tiende a acumularse, y este principio parece aplicarse también aquí. Por lo general, a medida que las personas avanzan en sus carreras laborales y adquieren más experiencia, ganan más dinero y sus ingresos alcanzan un pico entre los 40 y los 50 años. Hay varios mecanismos que seguramente impiden ese crecimiento entre las personas previamente encarceladas. En primer lugar, tener antecedentes penales hace que sus posibilidades laborales se vuelvan más frágiles. Los puestos a los que pueden acceder a menudo ofrecen menos oportunidades de crecimiento y avance laboral y también pueden ser más vulnerables ante los despidos. También tienen menos oportunidades para obtener licencias o credenciales profesionales (y los mayores ingresos que estas implican) y, en algunos casos, puede no convenirles invertir dinero en una licencia.

Las personas previamente encarceladas no tienen permitido obtener ciertas licencias y credenciales profesionales; y en otros casos, dado que, en general, a las personas previamente implicadas en el sistema judicial les resulta más difícil conseguir empleo, las credenciales profesionales no siempre les significan una mayor ganancia.

Hay estudios anteriores que demuestran con pruebas fehacientes la existencia de estos mecanismos. En primera medida, el 45 por ciento de las personas previamente encarceladas sigue desempleado durante el primer año de libertad. El desempleo se convierte en un círculo vicioso que priva a las personas de oportunidades de adquirir habilidades y debilita sus conexiones con posibles empleadores. Además, cuando sí se consigue empleo, este suele ser temporario, a tiempo parcial o de bajo salario; según un estudio realizado en Indiana entre personas que salían de prisión, cerca de la mitad de las personas que encontraron trabajo después de su liberación tenía un ingreso anual de menos de $5,000. Dichos puestos de bajo salario tienden a estar caracterizados por una menor posibilidad de ascenso y un mayor riesgo de desempleo futuro. Dicho de otro modo, los antecedentes penales atrapan a las personas previamente encarceladas en un círculo vicioso donde solo pueden conseguir puestos de trabajo de bajo salario que, a su vez, las colocan en una trayectoria de un crecimiento salarial más bajo.

Cabe destacar que estos hallazgos sugieren que las pérdidas de ingresos entre la población previamente encarcelada pueden no deberse en su totalidad a la encarcelación en sí ni al tiempo laboral perdido. Al menos parte de las pérdidas de ingresos puede atribuirse a la sombra que proyecta el encarcelamiento sobre las oportunidades económicas subsiguientes. Esta distinción tiene serias consecuencias para la elaboración de políticas que se plantean en la sección IV.

Los resultados de este informe también coinciden con las investigaciones sobre la intrincada “pobreza profunda”, una forma crónica de pobreza que tiende a perdurar durante generaciones. Tal como se demuestra en la figura 3, el salario promedio de una persona previamente encarcelada durante la etapa inicial de su carrera laboral se mantiene más o menos en la mitad de la línea federal de pobreza para una familia de dos personas. De hecho, nunca la supera.

Los efectos de esta pérdida de ingresos durante toda la vida son sobrecogedores. El medio millón de dólares que pierde una persona promedio previamente encarcelada es más de los ingresos de toda la vida de una persona que nunca supera la línea de pobreza ($382,000). Además, esta pérdida no considera la pérdida de oportunidades de generar otras fuentes de ingresos, desde beneficios de la Seguridad Social hasta intereses acumulados de las cuentas de retiro y oportunidades de inversión desaprovechadas. Estos factores demuestran, en su conjunto, que el encarcelamiento encamina a las personas que ya están desfavorecidas hacia un destino de profundas pérdidas de ingresos y les cierra los caminos hacia una movilidad económica ascendente.

B. Consecuencias sobre la desigualdad racial

Este informe ya ha demostrado que las personas negras y latinas representan la gran mayoría de la población previamente encarcelada. Además, el encarcelamiento parece afectar también en mayor medida su potencial de ingresos a largo plazo. Tal como se muestra en la figura 4, las personas blancas que pasaron tiempo en prisión ganan considerablemente más por año que las personas negras o latinas en la misma situación.

Las personas negras y latinas previamente encarceladas sufren mayores pérdidas de ingresos durante su vida laboral —$358,900 y $511,500, respectivamente— que las personas blancas, cuyas pérdidas llegan a los $267,000. Dada la sobrerrepresentación de las personas negras y latinas en la población previamente encarcelada, estos hallazgos sugieren que el sistema penitenciario estadounidense provoca repercusiones profundamente negativas sobre la riqueza de las comunidades negras y latinas. Claro, ya existe una amplia brecha racial en la distribución de la riqueza que se ha mantenido casi inmóvil durante los últimos 50 años. En 2016, la mediana de riqueza entre las familias blancas ($171,000) superaba la de las familias negras ($17,409) y latinas ($20,920) en 10 y 8 veces, respectivamente. Las constantes desigualdades en los ingresos anuales, como las identificadas en este informe, seguramente ensanchan esta brecha. Otros estudios sugieren que un bajo nivel de riqueza de por sí ya está asociado a una mayor posibilidad de encarcelamiento, lo cual puede crear un círculo vicioso en el que el ingreso al sistema de justicia penal perpetúa la desigualdad en la distribución de riqueza, que a su vez aumenta el riesgo de encarcelamiento.


Por último, los cálculos de este informe sugieren que, entre las personas que tienen otras características socioeconómicas similares, las mujeres y los hombres negros sin condenas ni encarcelamiento ganan menos que las mujeres y los hombres blancos con condenas. Hacia la última etapa de su carrera laboral, como se muestra en la figura 5, las mujeres y los hombres blancos con condenas ganan, en promedio, unos $49,000 por año, por encima de los $39,000 por año que ganan las personas negras sin condenas durante el mismo período. Estos hallazgos corroboran las conclusiones a las que primero llegó la socióloga Devah Pager. En sus palabras, “la cuestión racial continúa ejerciendo un rol dominante a la hora de configurar las oportunidades laborales, tanto o más que el impacto que tienen los antecedentes penales de una persona”.

Además de los efectos de las interacciones con el sistema de justicia, la discriminación racial en general sigue contribuyendo a la desigualdad de ingresos. Si bien acabar con el encarcelamiento masivo es fundamentalmente importante para rectificar estas desigualdades, no basta para resolverlas.

IV. Políticas recomendadas

Este informe demuestra que los efectos de las condenas y el encarcelamiento persisten durante décadas, consolida la desigualdad y perpetúa la pobreza. Incluso las personas condenadas por un delito menor sufren una reducción en su potencial de ingresos. Dado que las personas de bajos recursos tienen, ya de por sí, más probabilidades de ingresar al sistema de justicia penal, las condenas y el encarcelamiento pueden convertirse muy fácilmente en trampas de pobreza. Se necesitan intervenciones políticas para ayudar a romper este círculo vicioso y efectuar cambios transformadores.

A. Los estados deberían reducir las penas, reclasificar algunos delitos mayores como delitos menores y despenalizar otros.

Incluso una condena por un delito menor parece producir daños económicos duraderos. Para confrontar este problema, se requiere reducir todos los aspectos del sistema de justicia penal: desde las prisiones a los tribunales inferiores. Algunos estados han avanzado hacia este cometido reclasificando algunos delitos mayores y reduciendo otros a delitos menores. Otros delitos pueden ser despenalizados por completo sin riesgos para la seguridad pública, es decir que se puedan procesar (si es que fuera necesario) fuera del sistema de justicia penal. La crisis de salud pública que provocó la pandemia de Covid-19 ya ha inspirado a numerosos departamentos de policía a reconsiderar, al menos provisoriamente, a quiénes arrestan y por qué. Con la vista puesta más allá de la pandemia, es necesario diseñar iniciativas de despenalización más amplias —que procuren resolver delitos menores y otras infracciones fuera del sistema de justicia penal o, como mínimo, eliminar los arrestos y la reclusión en cárceles por este tipo de delitos— que puedan preservar la seguridad pública y, al mismo tiempo, reduzcan los costos colaterales identificados en este informe.

B. Las jurisdicciones deberían invertir en otras alternativas al arresto y a la acción judicial.

Si se ofrece una rápida vía de salida del sistema de justicia penal, se pueden prevenir los efectos del encarcelamiento y las condenas y reducir el tamaño del sistema judicial. Los programas alternativos previos al arresto pueden lograr estos objetivos porque permiten identificar qué personas podrían ser arrestadas e intervenir de otras maneras como, por ejemplo, ofreciéndoles acceso a un tratamiento de salud mental o de rehabilitación de drogas. Algunos de estos programas emplean la colaboración entre trabajadores sociales o médicos y la policía para que estos profesionales puedan responder de inmediato cuando sea necesario. Otros programas alternativos permiten identificar qué personas pueden ser condenadas por un determinado tipo de delito, ofrecerles opciones alternativas de resolución y desestimar los cargos penales si completan el programa correctamente. Ampliar estos programas ayudaría a disminuir la cantidad de personas condenadas por cualquier tipo de delitos. Es de suma importancia que los encargados de elaborar políticas también garanticen que, si una persona completa correctamente un programa alternativo, se cierren o se borren todos los registros de sus interacciones con el sistema judicial, ya que, en algunas circunstancias, incluso las causas desestimadas pueden seguir formando parte de los expedientes judiciales de una persona y alentar a la fiscalía y a los jueces a ser menos benévolos en cualquier causa futura.

C. Los encargados de elaborar políticas deberían ampliar el uso de las alternativas al encarcelamiento.

El encarcelamiento crea y profundiza las desigualdades económicas. Los jueces y la fiscalía deberían tener herramientas que les permitan imponer sanciones que no incluyan la reclusión y se ajusten mejor a las necesidades de las personas que ingresan a sus tribunales. La libertad vigilada, el tratamiento de rehabilitación de drogas, el servicio comunitario, la terapia psicológica e incluso multas adaptadas a la capacidad de pago de la persona son tipos de sanciones más apropiadas que la prisión en numerosas situaciones y les permiten a las personas evitar las consecuencias duraderas del encarcelamiento. Pero todas estas alternativas al encarcelamiento deben implementarse con cuidado. Algunos programas alternativos suponen un alto costo y atrapan a algunos acusados que no pueden pagarlo en el mismo círculo vicioso de pobreza y encarcelamiento que los mismos programas se proponen prevenir. Además, por lo general, las personas condenadas a cumplir con un programa alternativo igual salen del tribunal condenados por algún delito, sanción seria que terminará reduciendo su potencial de ingresos.

D. Los estados deberían eliminar los obstáculos laborales innecesarios.

Casi el 30 por ciento de los trabajadores necesitan una licencia estatal para ejercer su profesión. Estas políticas obstaculizan el crecimiento laboral y limitan las oportunidades para las personas con antecedentes penales. Los estados han impuesto por lo menos 12,000 restricciones de licenciamiento sobre personas condenadas por un delito mayor y 6,000 sobre las condenadas por un delito menor. Se las podría eliminar mediante una reforma de licencias profesionales, y así se les permitiría a las personas con antecedentes penales acceder a una gama más amplia de puestos de trabajo. En primer lugar, las prohibiciones globales (el impedimento automático por tener antecedentes penales) deberían ser revocadas. En segundo lugar, las personas encargadas de elaborar políticas y los organismos de licenciamiento deberían eliminar toda norma ambigua y excesivamente general, tal como el requisito de tener “buena conducta moral” para solicitar un empleo. Y, en tercer lugar, las entidades de regulación deberían proporcionar a los solicitantes guías claras sobre los posibles obstáculos de licenciamiento

E. El sector público y el privado deberían ampliar las oportunidades para las personas que se reincorporan al mercado laboral tras ser condenadas.

Las solicitudes de trabajo a menudo preguntan directamente sobre los antecedentes penales del solicitante, lo cual le permite al empleador excluir a una persona con antecedentes sin siquiera conocerla ni considerar sus aptitudes. Se deberían implementar políticas que prohíban al empleador preguntar si el solicitante ha sido condenado durante su solicitud de trabajo inicial. Los antecedentes penales se divulgan en una etapa posterior durante el proceso de solicitud, antes de que se tome la decisión final, pero después de que el solicitante haya tenido la oportunidad de defenderse y explicar los motivos de sus antecedentes.

Estas políticas alientan a los gerentes de contratación a evaluar la solicitud de las personas de un modo holístico. Numerosas empresas, incluso algunas de las más importantes del país, han tomado la iniciativa propia y prohibido este tipo de preguntas en las solicitudes de empleo. Algunas ciudades, estados y el gobierno federal han adoptado políticas parecidas durante sus propios procesos de contratación y, en algunos casos, obligan al sector privado que también lo haga. Los datos iniciales son prometedores y demuestran, por ejemplo, mayores índices de contratación en barrios con un alto nivel de delincuencia y una mayor contratación en el sector público de personas con antecedentes penales. Otras jurisdicciones deberían adoptar o ampliar estas políticas para prohibir este tipo de preguntas durante las solicitudes de empleo.

F. Las ciudades y los estados deberían impedir que los propietarios de viviendas o empleadores discriminen contra las personas con antecedentes penales.

Aun en jurisdicciones donde se prohíbe la inclusión de preguntas sobre los antecedentes penales, algunas empresas rechazan automáticamente a un solicitante cuando se enteran de sus antecedentes. Los estados deberían revocar las leyes que permitan la denegación automática de un puesto de trabajo a una persona con antecedentes penales. Deberían considerar también la implementación de reglas, como en el estado de Nueva York, que establezcan que es ilegal rechazar a un solicitante únicamente porque tiene antecedentes penales. Según la ley de Nueva York, las empresas pueden evaluar los antecedentes penales, pero solo como parte de una pregunta general, y pueden rechazar a un solicitante porque tiene una condena solo si se cumplen determinados requisitos, por ejemplo, si la condena tiene relación directa con el empleo, si entra en conflicto con su licenciamiento o si presenta algún riesgo para el público en general.

Algunos propietarios también se niegan automáticamente a alquilarles una vivienda a personas con antecedentes penales, lo cual contribuye al mayor riesgo de falta de vivienda que enfrentan las personas previamente implicadas en el sistema de justicia. Al igual que ocurre con el mercado laboral, los estados y las municipalidades deberían aprobar leyes que prohíban este tipo de discriminación. Por ejemplo, la ley de Seattle para una oportunidad justa en materia de vivienda (Fair Chance Housing) de 2017 impide que los propietarios rechacen injustamente a un posible inquilino por sus antecedentes penales y les prohíbe utilizar en sus avisos un lenguaje que excluya a personas previamente involucradas en el sistema de justicia.

G. Las autoridades de vivienda pública deberían flexibilizar o eliminar las reglas que excluyen a las personas con antecedentes penales.

La vivienda pública suele ser la única opción que pueden afrontar las personas puestas en libertad, pero muchas autoridades de vivienda pública, amparadas por leyes federales, excluyen a las personas con antecedentes penales. Estas reglas a menudo separan a las familias y hacen que se les haga imposible volver a casa.

Las autoridades de vivienda pública deberían flexibilizar estas reglas. Algunas ya lo empezaron a hacer y han obtenido resultados prometedores. Tras realizar un programa piloto donde se observó una baja tasa de reincidencia penal y donde la mayoría de sus participantes alcanzó otros objetivos importantes, la Autoridad de Vivienda Pública de la ciudad de Nueva York (NYCHA) ahora colabora con organizaciones de reinserción social para ayudar a las personas con antecedentes de condenas a acceder a una vivienda. Asimismo, en Nueva Orleáns, gracias a un cambio reciente en las políticas, haber recibido una condena no es un impedimento automático para solicitar una vivienda pública.

H. Las autoridades correccionales deberían brindar asistencia con anticipación para que las personas puedan recibir beneficios médicos. 

Las personas implicadas en el sistema de justicia tienen problemas crónicos de salud, como trastornos de consumo de sustancias y enfermedades mentales, con una mayor prevalencia que la población en general. Tener problemas de salud aumenta el riesgo de perder el empleo y quedar desempleado, efectos que ciertamente recaen sobre la población implicada en el sistema de justicia. Por lo tanto, las autoridades correccionales deberían asegurarse de que las personas puestas en libertad de una prisión o una cárcel sepan cómo aprovechar los servicios que tienen disponibles, incluso los beneficios del gobierno federal y el seguro médico patrocinado por los estados. Antes de su liberación, las personas deberían recibir toda la documentación necesaria para acceder a los beneficios médicos.

I. Los gobiernos estatales y el federal deberían ampliar la red de seguridad social.

Los programas de asistencia gubernamental son mecanismos de comprobada eficacia a la hora de reducir la pobreza. También pueden reducir la reincidencia penal porque ayudan a sacar a las personas de la pobreza y la desesperación. Una ley federal de reforma de asistencia social de los años 1990 permite a los estados negarles importantes beneficios de alimentos y dinero en efectivo a las personas condenadas por ciertos delitos relacionados con las drogas. Esta disposición es un vestigio de la “guerra contra las drogas” que está desactualizado, es innecesariamente punitivo y el Congreso debería revocarlo de inmediato.

Hasta que el Congreso tome cartas en el asunto, y como medida provisional, los estados deberían ejercer su derecho amparado por la ley de no aplicar esta exclusión. Muchos ya lo hicieron, pero la mitad sigue negándoles beneficios a algunas personas previamente implicadas en el sistema de justicia. Todos los estados deberían dejar de aplicar esta disposición por completo.

Las administraciones correccionales también deberían trabajar con todos los niveles del gobierno para asegurarse de que las personas puestas en libertad tengan acceso de inmediato a los programas y beneficios antipobreza. Por ejemplo, antes de que una persona sea liberada de la cárcel local, la ciudad de Nueva York la inscribe automáticamente en el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP); de esta forma, la persona no tiene necesidad de esperar mucho tiempo para recibir beneficios de alimentos. Más jurisdicciones deberían hacer lo mismo.

V. Conclusión

Más de 70 millones de estadounidenses tienen algún tipo de antecedentes penales. Este informe es el primero en demostrar que más de la mitad ha recibido al menos una condena por un delito menor o uno más grave. Casi 8 millones han sido encarcelados en algún momento de su vida, lo cual es testimonio del enorme alcance del encarcelamiento.

Esta exposición al sistema de justicia penal, ya sea breve o prolongada, trae consecuencias que se extienden mucho más allá de la admisión de culpabilidad, el veredicto del juicio o la puesta en libertad. Se prevé que las personas que fueron condenadas por un delito terminan ganando al menos un 16 por ciento menos, en promedio, que sus pares. Y aquellas personas que fueron encarceladas perderán la mitad de su potencial de ingresos. Durante toda una vida, estas pérdidas suman, en promedio, un millón de dólares: una suma que fácilmente puede marcar la diferencia entre una vida de pobreza inevitable y otra evitable.

En su conjunto, estas pérdidas de ingresos les cuestan a las personas que ingresan al sistema de justicia penal más de $372 mil millones de dólares por año. Además, estas pérdidas no están distribuidas equitativamente. Tienen un efecto mucho más profundo sobre las comunidades negras y latinas, cuyos miembros e ingresos sufren la encarcelación y sus efectos en un grado muchísimo más alto. 

En su conjunto, nuestros hallazgos demuestran que acabar con el encarcelamiento masivo es un imperativo tanto económico como moral. Es una medida fundamental para recuperar la prosperidad en las comunidades desfavorecidas de todo el país y corregir la desigualdad racial en la distribución de la riqueza.

Traducción de Ana Lis Salotti.